ORDEN EIE/1718/2018, de 25 de octubre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones para personas desempleadas pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo, y para personas desempleadas con discapacidad, reguladas en la Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ÍNDICE

Primero.- Objeto de la convocatoria y finalidad de la concesión de las subvenciones.

Segundo.- Bases reguladoras de las subvenciones.

Tercero.- Entidades beneficiarias de las subvenciones.

Cuarto.- Financiación.

Quinto.- Duración y plazo de ejecución del programa.

Sexto.- Personas destinatarias del programa y su distribución geográfica.

Séptimo.- Servicios para la mejora de la empleabilidad.

Octavo.- Personas destinatarias del programa conceptuadas como "demandante atendido".

Noveno.- Personas destinatarias del programa conceptuadas como "demandante insertado".

Décimo.- Especificaciones técnicas para el desarrollo del programa.

Undécimo.- Objetivo de inserción.

Decimosegundo.- Cuantía de la subvención.

Decimotercero.- Criterios de valoración de las solicitudes.

Decimocuarto.- Iniciación del procedimiento.

Decimoquinto.- Tramitación de las solicitudes por medios electrónicos.

Decimosexto.- Modelos normalizados de solicitud y documentación complementaria.

Decimoséptimo.- Plazo de solicitud.

Decimoctavo.- Registro electrónico de la solicitud.

Decimonoveno.- Instrucción del procedimiento de concesión.

Vigésimo.- Propuesta de resolución.

Vigesimoprimero.- Resolución de los procedimientos.

Vigesimosegundo.- Recursos, plazo y forma de interposición.

Vigesimotercero.- Justificación de la subvención.

Vigesimocuarto.- Plazo de justificación.

Vigesimoquinto.- Pago.

Vigesimosexto.- Revocación.

Vigesimoséptimo.- Control y seguimiento de las subvenciones.

Vigesimoctavo.- Obligaciones de las entidades beneficiarias.

Vigesimonoveno.- Reintegros.

Trigésimo.- Compatibilidad o incompatibilidad de las subvenciones.

Trigésimo primero.- Publicidad de las subvenciones.

Trigésimo segundo.- Transparencia.

Trigésimo tercero.- Protección de datos.

Trigésimo cuarto.- Terminología de género.

Trigésimo quinto.- Eficacia.

La Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en los Programas para el desarrollo de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y el Autoempleo y los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción, regula en la Sección 2.ª del Capítulo II el procedimiento para la concesión de subvenciones de los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción.

La citada orden dispone en su artículo 15 que el procedimiento para la concesión de subvenciones contempladas en la misma se iniciará siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por el Consejero del Gobierno de Aragón competente en materia de empleo, y en régimen de concurrencia competitiva, siendo publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

El artículo 3 de la Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre, determina que la financiación de estos Programas se efectuará con cargo a las cantidades que anualmente la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales asigne a la Comunidad Autónoma de Aragón, complementadas con aquellas otras que estime convenientes el Gobierno de Aragón a través de los presupuestos anuales del Instituto Aragonés de Empleo, la financiación proveniente del Fondo Social Europeo o de otros instrumentos de financiación comunitarios, estando su concesión condicionada, en todo caso, a la existencia de disponibilidad presupuestaria.

La Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, incluye en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para dicho ejercicio dotación económica suficiente y adecuada para financiar los citados programas en las aplicaciones presupuestarias siguientes:

-G/3221/480148/11201

-G/3221/480148/91001

-G/3221/480571/11201

-G/3221/480571/91001

-G/3221/480593/33005

-G/3221/480593/91002

La evolución del mercado de trabajo en los últimos años produce todavía situaciones de pérdida de puestos de trabajo, con expulsión del mismo de los colectivos más sensibles, a la vez que aumenta la dificultad de su acceso al empleo, el desempleo y las tasas de temporalidad en la contratación, acentuándose los desequilibrios territoriales.

Los servicios y programas de políticas activas de empleo pueden facilitar la entrada o la reincorporación de estas personas desempleadas al mercado de trabajo. Para ello, se trata de implementar medidas destinadas a aumentar la demanda de trabajo, mediante programas integrales que fomenten el empleo.

La naturaleza de las políticas activas de empleo tiene que ir adaptándose para hacer frente a un clima económico y social diferente y a las nuevas tendencias del mercado de trabajo, donde los enfoques innovadores son indispensables para mejorar la situación.

En el diseño y ejecución de las políticas activas de empleo deben tenerse en cuenta una serie de principios generales, entre los que cabe destacar el tratamiento individualizado y especializado a las personas en situación de desempleo para mejorar su empleabilidad; la igualdad de oportunidades y no discriminación en el acceso al empleo, así como la igualdad de trato entre mujeres y hombres para garantizar en la práctica la plena igualdad por razón de sexo; la adecuación a las características del territorio, teniendo en cuenta la realidad del mercado de trabajo y las peculiaridades locales y sectoriales; la respuesta a las necesidades de las empresas en materia de capital humano; y el fomento del autoempleo y la iniciativa emprendedora, especialmente en el marco de la economía sostenible y de los nuevos yacimientos de empleo.

Entre los colectivos más desfavorecidos, las tasas de desempleo juvenil reflejan las dificultades a las que se enfrentan los jóvenes en la búsqueda de puestos de trabajo, que se ve agravada por su persistencia en el tiempo, que tiende a producir paro de larga duración y genera un mayor riesgo de exclusión social. Si bien las políticas activas de empleo constituyen un instrumento fundamental para mejorar la empleabilidad del conjunto de la población activa, su relevancia para los jóvenes es capital dada su escasa formación específica, la falta de experiencia y una menor tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo.

Las medidas estratégicas que se han diseñado para hacer frente a los diferentes desequilibrios identificados en el colectivo de jóvenes prioriza, en primer lugar, la necesaria inserción de los jóvenes en el mercado laboral, en segundo lugar, la mejora de la empleabilidad y, en tercer lugar, el fomento del espíritu emprendedor.

Asimismo, la realidad socioeconómica evidencia la necesidad de prestar una singular atención al colectivo de personas desempleadas con baja cualificación. Ese déficit formativo limita e hipoteca las posibilidades de desarrollar una trayectoria laboral satisfactoria, y asimismo aumenta las posibilidades de sufrir precariedad social y laboral al reducirse las oportunidades para encontrar un trabajo estable y bien remunerado. Mejorar la empleabilidad e inserción de este colectivo es un objetivo de la presente convocatoria.

Otro de los colectivos con dificultades de inserción con una elevada tasa de desempleo es el de las personas mayores de 45 años, un colectivo muy castigado por el paro de larga duración que se encuentra con enormes dificultades de acceso al empleo. Dado que la mayoría de estas personas adolecen de falta de formación y, además, su capital humano está claramente depreciado por su larga estancia en el desempleo, son necesarias medidas favorecedoras de la inserción laboral diseñadas específicamente para ellos, de modo que su vuelta al mercado de trabajo sea posible y se eviten así situaciones de clara exclusión social.

El hecho de que el colectivo de personas desempleadas mayores de 45 años sea tan numeroso obliga a establecer como prioritarias políticas encaminadas a la recolocación de una parte importante de ellos. Este tipo de políticas, de ser eficaces, mejorarán no solo la situación de estos parados, sino también la situación de nuestra sociedad. A corto plazo, tanto la salud como el bienestar individual se ven afectados. Pero, además, se producen efectos negativos a largo plazo, como la dificultad creciente de encontrar oportunidades adecuadas de empleo por la depreciación de su capacitación profesional. Esta depreciación del capital humano afecta negativamente al desarrollo profesional de aquellos que lo sufren, así como de una parte importante de este colectivo.

Si el acceso al mercado de trabajo es difícil para las mujeres en general, y más aún para aquellas que están en dificultad social, esta situación se agrava aún más cuando las mujeres son víctimas de la violencia de género. Sus consecuencias afectan profundamente tanto a la propia mujer como al conjunto de la sociedad.

El acceso al empleo, su incorporación al mercado de trabajo, es una de las principales estrategias para que las mujeres víctimas de violencia ganen en autoestima y autoreconocimiento, al tiempo que acceden a una autonomía personal y a la independencia económica. La inserción laboral es un aspecto fundamental en la intervención social con mujeres víctimas de violencia de género.

El mayor problema es que el mercado laboral actual se presenta como un medio hostil para las mujeres víctimas de violencia de género debido a la falta de formación y reciclaje, a la inseguridad como secuela directa de la violencia, así como a la falta de recursos normalizados, accesibles para la conciliación de la vida laboral y familiar.

Con el objeto de dar cabida a otros colectivos que se enfrentan a dificultades adicionales en su búsqueda de empleo, este programa incluye la atención a personas en exclusión social o en riesgo de sufrirla, por considerar esenciales las oportunidades laborales como palanca para poder salir de esa situación y mejorar su entorno personal, social y económico, así como los inmigrantes, con especial atención a los refugiados o solicitantes de protección internacional...

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