ORDEN EIE/1100/2017, de 17 julio, por la que se amplía el crédito presupuestario previsto en la Orden EIE/516/2017, de 10 de marzo, por la que se convocan para el ejercicio 2017 ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYME, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Orden EIE/516/2017, de 10 de marzo, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el "Boletín Oficial de Aragón", número 77, de 25 de abril de 2017, se convocan para el ejercicio 2017 ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYME, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

En el apartado quinto se establece, lo siguiente: 1. La presente convocatoria se financia con cargo a la aplicación presupuestaria del Capítulo VII, 15040/7231/770045, por importe de 2.286.778 euros imputables al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón del año 2017 (prórroga del año 2016), cuantía que procede de los siguientes fondos financiadores: 1.143.389 euros de retornos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER (Programa Operativo de Aragón 2014-2020) (14201), y 1.143.389 euros afectados de la Comunidad Autónoma (91001) (3). El crédito de la convocatoria se podrá incrementar, previa publicación y determinación de la cuantía adicional concreta, bien por haberse reconocido o liquidado obligaciones derivadas de otras convocatorias por importe inferior a la subvención concedida o bien como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, tal y como se establece en el apartado 2 del articulo 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias anteriormente señaladas. La cuantía adicional, que se estima en un importe máximo de 3.000.000 euros, podrá aplicarse a la concesión de subvenciones en el marco de esta convocatoria cuando se haya generado con anterioridad a su resolución.

Esta convocatoria, efectuada en el marco de la Orden HAP/1903/2016, de 23 de diciembre, por la que se determinan las condiciones a las que ha de ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2016, hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2017, establecía en el último párrafo de su artículo 4, lo siguiente: A partir del 1 de enero de 2017 no se podrán adquirir nuevos compromisos de gasto financiados íntegramente con recursos propios en los capítulos 4, 6, 7 y 8, salvo que se trate de gastos imprescindibles para el funcionamiento ordinario de los servicios públicos. La disponibilidad de...

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