ORDEN EIE/1048/2019, de 31 de julio, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones para Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción en Sectores de Trabajo en Aragón, reguladas en la Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ÍNDICE

Objeto de la convocatoria y finalidad de la concesión de las subvenciones.

Bases reguladoras de las subvenciones.

Entidades beneficiarias de las subvenciones.

Financiación.

Duración y plazo de ejecución del programa.

Personas destinatarias del programa y su distribución geográfica.

Familia profesional a la que va dirigida el programa.

Servicios para la mejora de la empleabilidad.

Personas destinatarias del programa conceptuadas como "demandante atendido".

Personas destinatarias del programa conceptuadas como "demandante insertado".

Undécimo. Requisitos de los recursos humanos de las entidades beneficiarias para el desarrollo de las actuaciones del programa.

Duodécimo. Objetivo de inserción.

Decimotercero. Cuantía de la subvención.

Decimocuarto. Criterios de valoración de las solicitudes.

Decimoquinto. Iniciación del procedimiento.

Decimosexto. Tramitación de las solicitudes por medios electrónicos.

Decimoséptimo. Modelos normalizados de solicitud y documentación complementaria.

Decimoctavo. Plazo de solicitud.

Decimonoveno. Registro electrónico de la solicitud.

Vigésimo. Información sobre el estado de tramitación.

Vigésimo primero. Instrucción del procedimiento de concesión.

Vigésimo segundo. Propuesta de Resolución.

Vigésimo tercero. Resolución de los procedimientos.

Vigésimo cuarto. Reformulación de la solicitud.

Vigésimo quinto. Recursos, plazo y forma de interposición.

Vigésimo sexto. Justificación de la subvención.

Vigésimo séptimo. Plazo de justificación.

Vigésimo octavo. Pago.

Vigésimo noveno. Revocación.

Trigésimo. Control y seguimiento de las subvenciones.

Trigésimo primero. Obligaciones de las entidades beneficiarias.

Trigésimo segundo. Reintegros.

Trigésimo tercero. Compatibilidad o incompatibilidad de las subvenciones.

Trigésimo cuarto. Publicidad de las subvenciones.

Trigésimo quinto. Transparencia.

Trigésimo sexto. Protección de datos.

Trigésimo séptimo. Términos y plazos.

Trigésimo octavo. Copia auténtica de documentos.

Trigésimo noveno. Terminología de género.

Cuadragésimo. Eficacia.

La Constitución española de 1978 reconoce en su artículo 35 el trabajo como un derecho y un deber de todos los españoles, realizando en su artículo 40 el encargo normativo a los poderes públicos de promover una política orientada al pleno empleo.

El texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, define en su artículo 31 la finalidad de la intermediación laboral, que no es otra que proporcionar a los trabajadores un empleo adecuado a sus características, y facilitar a los empleadores los trabajadores más apropiados a sus requerimientos y necesidades.

Continúa el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, en su artículo 36, definiendo las políticas activas de empleo como el conjunto de servicios y programas de orientación, empleo y formación profesional para el empleo en el ámbito laboral dirigidas, entre otras cosas, a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, y en el artículo 37, donde se recogen los principios generales que rigen estas políticas de empleo, se enumera tanto el tratamiento individualizado y especializado a las personas en situación de desempleo para mejorar su empleabilidad, como dar respuesta a las necesidades de las empresas en materia de capital humano, empleo y formación.

El Estatuto de Autonomía de Aragón aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, asume de manera general el desempeño de esta competencia de acuerdo con el artículo 26, y por medio de la Ley 9/1999, de 9 de abril, crea el Instituto Aragonés de Empleo como Organismo Autónomo del Gobierno de Aragón, que asume, entre otras y, de conformidad con su artículo 2, las funciones de intermediación en el mercado de trabajo aragonés, así como la gestión de programas de apoyo y fomento del empleo.

La Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre, modificada por la Orden EIE/1591/2018, de 28 de septiembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 198, de 11 de octubre de 2018), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en los Programas para el desarrollo de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y el Autoempleo y los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción, regula en la Sección 2.ª del Capítulo II el procedimiento para la concesión de subvenciones de los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción.

La citada Orden dispone en su artículo 15 que el procedimiento para la concesión de subvenciones contempladas en la misma se iniciará siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por el Consejero del Gobierno de Aragón competente en materia de empleo, y en régimen de concurrencia competitiva, siendo publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

El artículo 3 de la Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre, modificada por la Orden EIE/1591/2018, de 28 de septiembre, determina que la financiación de estos Programas se efectuará con cargo a las cantidades que anualmente la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales asigne a la Comunidad Autónoma de Aragón, complementadas con aquellas otras que estime convenientes el Gobierno de Aragón a través de los presupuestos anuales del Instituto Aragonés de Empleo, la financiación proveniente del Fondo Social Europeo o de otros instrumentos de financiación comunitarios, estando su concesión condicionada, en todo caso, a la existencia de disponibilidad presupuestaria.

La Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, teniendo en cuenta la Orden HAP/2068/2018, de 21 de diciembre, por la que se determinan las condiciones a las que ha de ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2018, hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2019, incluye en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para dicho ejercicio dotación económica suficiente y adecuada para financiar los citados programas en las aplicaciones presupuestarias siguientes:

G/51015/3221/480137/33005

G/51015/3221/480148/33005

En los últimos años el Instituto Aragonés de Empleo ha convocado programas integrales de mejora de la empleabilidad y la inserción centrados en los colectivos considerados de difícil inclusión laboral o con especiales dificultades para el acceso a un empleo, como consecuencia de la destrucción de empleo que el último período de crisis produjo. En estos programas se ponía especial énfasis en la aplicación de herramientas generales de orientación y mecanismos de acompañamiento en la búsqueda de cualquier empleo.

Pero actualmente, habiendo revertido la situación y considerando que Aragón se encuentra en un periodo de recuperación económica y creación de empleo, es el momento de incorporar una nueva perspectiva en el diseño de estos programas integrales, como es el de las necesidades actuales de las empresas.

En la normativa antes mencionada se hace referencia a la idea de la intermediación laboral como la forma de acercar la voluntad de encontrar un empleo de los demandantes inscritos en el Instituto Aragonés de Empleo a las empresas que también requieren ciertos perfiles profesionales, conocimientos, competencias y habilidades.

Por ello, el Instituto Aragonés de Empleo debe habilitar espacios donde se puedan aunar unas y otras necesidades, buscando como objetivo que un mayor conocimiento de los sectores laborales facilitará el diseño de itinerarios individualizados y adecuados para las personas que quieran incorporarse laboralmente a un sector profesional.

La naturaleza de las políticas activas de empleo tiene que ir adaptándose para hacer frente a un clima económico y social diferente y a las nuevas tendencias del mercado de trabajo, donde los enfoques innovadores son indispensables para mejorar la situación.

Así pues, el objetivo de esta convocatoria es subvencionar la puesta en marcha de programas integrales de mejora de la empleabilidad y la inserción en sectores laborales concretos, definiendo en base a los requerimientos de las empresas las acciones de cada programa enfocado a su sector, y trabajando con colectivos de especial interés para fomentar la mejora de su empleabilidad y la inserción.

Dentro de los colectivos de especial interés con los que trabajar los programas que se aprueben al amparo de esta convocatoria se incluye el de personas desempleadas de baja cualificación a nivel profesional, entendiendo por tales aquellas que solo disponen de educación generalista que no da acceso a conocimientos específicos para el desempeño de una profesión.

Ese déficit formativo de competencias profesionales limita e hipoteca las posibilidades de desarrollar una trayectoria laboral satisfactoria, y asimismo aumenta las posibilidades de sufrir precariedad social y laboral al reducirse las oportunidades para encontrar un trabajo estable y bien remunerado. Mejorar la empleabilidad e inserción de este colectivo es un objetivo de la presente convocatoria.

De la misma forma, el colectivo de personas con cualificación profesional que lleve un largo periodo en desempleo sufre el riesgo de olvidar los conocimientos que dicha formación le concedió si no los pone en práctica, o que requiera un reciclaje para adecuarlos a las necesidades del momento, con lo que se incluyen también como grupo para ser tratado en este programa.

Otro de los colectivos con dificultades de inserción con una elevada tasa de desempleo es el de las personas mayores de 45 años, un colectivo muy castigado por la discriminación en base a su edad, y porque suelen sufrir largos periodos de tiempo en desempleo. La necesidad de poner en valor la experiencia vital de este colectivo y darles una nueva oportunidad de reengancharse al mercado laboral con una preparación adecuada les hace merecedores...

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