ORDEN ECD/982/2016, de 29 de agosto, por la que se resuelve la convocatoria de becas que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2016/2017.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de 31 de mayo, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la pagina web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón http://www.educaragon.org, y su extracto en el "Boletín Oficial de Aragón", número 105, de 2 de junio de 2016, se convocaron becas que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2016/2017.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la convocatoria, a la vista del contenido del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, con fecha 15 de julio de 2016 el Director General de Innovación, Equidad y Participación dictó propuesta provisional de resolución de dicha convocatoria, con la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía, así como la propuesta de desestimación fundamentada del resto de solicitudes, que fue publicada en la pagina web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón http://www.educaragon.org.

Asimismo, se habilitó un plazo de 10 días hábiles, desde el día 16 de julio de 2016 hasta el 27 de julio ambos inclusive, para subsanar los defectos observados y presentar las alegaciones oportunas, mediante la aportación de documentación que estimen adecuada.

El artículo 12 de la convocatoria establece que finalizado el plazo de alegaciones se reunirá la Comisión de Evaluación al objeto de examinar las reclamaciones y subsanaciones presentadas en plazo y efectuar un nuevo informe que sirva de base a la propuesta definitiva de resolución. Seguidamente, el Director General de Innovación, Equidad y Participación, elevará al titular del Departamento de Educación, Cultura y Deporte la propuesta definitiva de resolución con indicación de la concesión o denegación de las ayudas, los criterios de valoración y las causas de denegación o de exclusión en su caso.

Una vez seguidos los trámites aludidos, mediante Resolución de 22 de agosto de 2016 el Director General de Innovación, Equidad y Participación dictó la correspondiente propuesta definitiva de resolución.

Por su parte, el artículo 13 de la convocatoria señala que evacuados los trámites previstos en los artículos anteriores, la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria, resolverá el procedimiento mediante orden, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", así como en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org. La publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sustituirá a la notificación individual, conforme a lo previsto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento...

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