ORDEN ECD/891/2017, de 22 de junio, por la que se convoca el Programa 'Aprendiendo a Emprender' en Centros Educativos de Educativos de Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2017-2018.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El artículo 27 de la Constitución Española establece el derecho de todos a la educación y asigna a los poderes públicos la obligación de garantizarlo. Actualmente, este derecho sólo puede entenderse en el sentido de que la educación que reciben los niños y jóvenes ha de alcanzar unos niveles altos de calidad, independientemente de las condiciones sociales, culturales y económicas de la familia y del entorno.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado mediante Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye en su artículo 73 a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia compartida de enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

Igualmente, en su artículo 20, establece que los poderes públicos aragoneses promoverán las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas, y de los grupos en que se integran, sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impiden o dificultan su plenitud, y, según su artículo 21, desarrollarán un modelo educativo de calidad y de interés público que garantice el libre desenvolvimiento de la personalidad de los alumnos, en el marco del respeto a los principios constitucionales y estatutarios y a las singularidades de Aragón.

En este sentido, en la Educación básica, las recomendaciones del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, incluyen ocho competencias básicas que todo joven debe haber desarrollado al finalizar la enseñanza obligatoria para poder lograr su realización personal, ejercer la ciudadanía activa, incorporarse a la vida adulta de manera satisfactoria y ser capaz de desarrollar un aprendizaje permanente a lo largo de la vida. Entre ellas, se encuentra la autonomía e iniciativa personal, entendiéndose como la capacidad de elegir con criterio propio, de imaginar proyectos, y de llevar adelante las acciones necesarias para desarrollar las opciones y planes personales, en el marco de proyectos individuales o colectivos, responsabilizándose de ellos, tanto en el ámbito personal, como social y laboral.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1 que corresponde a este Departamento la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza, entre las que se encuentra la realización de programas de experimentación e investigación educativa en el ámbito de sus competencias.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, para el desarrollo del Programa "Aprendiendo a Emprender", mantiene colaboración, de una parte, con el Departamento de Economía, Industria y Empleo, a través del Instituto Aragonés de Empleo, y por otra, con la Fundación Bancaria Ibercaja, a través de los correspondientes convenios de colaboración.

En virtud de lo expresado, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, dispongo:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

  1. Esta orden tiene por objeto la convocatoria del Programa "Aprendiendo a Emprender" en Centros Educativos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, para el curso 2017-2018.

  2. Las actividades que formen parte del programa irán dirigidas al alumnado de 5.º de primaria del curso 2017-2018. También irán dirigidas al alumnado de 6.º curso de primaria que participó durante el curso 2016-2017.

  3. Los centros que resulten seleccionados en la presente convocatoria deberán asegurar la colaboración de un profesor tutor por cada una de las aulas implicadas.

    Segundo.- Finalidad de la convocatoria.

    Esta convocatoria tiene como finalidad contribuir a que el alumnado adquiera capacidades que le permitan impulsar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales, y desarrollar la autonomía personal, la capacidad de elegir con criterio propio, de imaginar proyectos y de llevar adelante las acciones necesarias para desarrollar las opciones y planes personales tanto en el ámbito personal, como social y laboral a lo largo del desarrollo de la actuación.

    Tercero.- Organización de las actividades del programa.

  4. Las actividades que se desarrollen a través del Programa "Aprendiendo a Emprender" se organizarán en las aulas que se impliquen en el mismo.

  5. Los centros participantes en esta convocatoria deberán simular la constitución de una cooperativa por cada una de las...

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