ORDEN ECD/619/2016, de 14 de junio, por la que se convoca el Programa 'Coros Escolares' en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas de régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2016-17.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado mediante La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece en su artículo 21 que los poderes públicos aragoneses desarrollarán un modelo educativo de calidad y de interés público que garantice el libre desenvolvimiento de la personalidad de los alumnos, en el marco del respeto a los principios constitucionales y estatutarios y a las singularidades de Aragón. Por su parte, el artículo 73 señala que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye las funciones relativas a la ordenación del sector de la enseñanza y la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa recoge, entre sus fines en el artículo 2.1, que el sistema educativo español se orientará a la consecución del pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos. La misma ley establece en su artículo 17 que uno de los objetivos de la Educación Primaria es utilizar diferentes representaciones y expresiones artísticas.

El programa de "Coros Escolares" se aprobó y reguló por primera vez, con carácter experimental, en Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, a partir del curso 2006/2007.

Durante este tiempo, dicho programa se ha consolidado, configurándose como el mecanismo adecuado para la consecución de los objetivos que se habían propuesto y extendiéndose a toda la geografía autonómica, con un incremento sostenido de los centros participantes.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte considera conveniente continuar con este programa fundamentado en los mismos principios y objetivos, a saber, impulsar las habilidades comunicativas de los alumnos a través del perfeccionamiento en la expresión artística y más concretamente a través de la formación de coros escolares.

Entre los objetivos que se pretenden con este programa se persigue la formación de alumnos mediante un programa de carácter gratuito y voluntario como complemento a la educación musical que se recibe en el aula y, a su vez, establecer un itinerario de formación continua del personal docente en materia de dirección de coros.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1 que corresponde a este Departamento la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza, entre las que se encuentra la realización de programas de experimentación e investigación educativa en el ámbito de sus competencias

Igualmente, de conformidad con el artículo 9 de dicho Decreto, le corresponde, a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, el impulso y coordinación de la innovación, experimentación e investigación educativa en los centros docentes.

En virtud de lo expresado, de conformidad con lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y a propuesta de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, resuelvo:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

  1. Esta orden tiene por objeto la convocatoria del Programa "Coros Escolares" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas de régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2016-2017.

  2. Los centros docentes que resulten seleccionados en la presente convocatoria se incorporarán al Programa "Coros Escolares" y deberán garantizar la existencia de, al menos, un profesor coordinador del programa en el centro.

  3. La financiación de este programa, hasta un importe de cuatro mil euros (4.000), se realizará con cargo a...

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