ORDEN ECD/466/2019, de 30 de abril, por la que se convoca a los Institutos de Enseñanza Secundaria y a los Centros Públicos Integrados de Educación Básica y Segundo Ciclo de Educación Infantil de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la elección de lengua extranjera y asignación de auxiliares de conversación para el curso 2019/2020.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón recoge en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1 que corresponde a este Departamento la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza. Igualmente le corresponde, de conformidad con su artículo 8.1.q), a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, los programas relacionados con el bilingüismo en los distintos niveles del sistema educativo, así como las acciones de inmersión lingüística del alumnado.

La Orden ECD/823/2018, de 18 de mayo, por la que se regula el Modelo BRIT-Aragón para el desarrollo de la Competencia Lingüística de y en Lenguas Extranjeras en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, recoge en el artículo 32, relativo a recursos para la mejora de la competencia oral, que en Educación Secundaria Obligatoria se promoverá la presencia de auxiliares de conversación o de ayudantes lingüísticos para la mejora de la competencia oral del alumnado en lengua extranjera.

La innovación educativa constituye una línea prioritaria en educación y se extiende al ámbito de la competencia comunicativa y, en particular, a la competencia lingüística en lenguas extranjeras de nuestro alumnado. Por ello, la mejora en la adquisición de competencia en lengua extranjera, para el fomento y en el uso de la comunicación oral, junto con el uso de las metodologías activas en el aula y a un compromiso social para todo el alumnado de los centros docentes públicos, son estrategias que deben estar presentes a lo largo de todo el proceso educativo.

La participación en nuestras aulas de auxiliares de conversación se considera necesaria como punto de referencia para el desarrollo de una lengua viva. Además de constituir una práctica internacionalmente reconocida para mejorar la competencia lingüística del alumnado que cursa enseñanzas de idiomas, los auxiliares de conversación contribuyen a un acercamiento más natural a los aspectos geográficos, sociales, culturales, económicos y de actualidad de los países de referencia, que suponen un incremento de la motivación para el aprendizaje de otras lenguas, a la vez que aportan elementos de contraste para una mejor comprensión de nuestra propia cultura.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, financia un cupo de auxiliares que vienen a sumarse a los que el propio Ministerio concede. Todos ellos son seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en virtud de las competencias que le corresponden. Es por ello que, en función del número de auxiliares seleccionados por el citado Ministerio para la Comunidad Autónoma de Aragón y de la existencia de candidatos idóneos y suficientes, se asignarán los auxiliares que corresponda a cada centro o agrupamiento de centros.

Los auxiliares de conversación que se incorporen a los centros educativos del Gobierno de Aragón se regirán por las condiciones de aquellos financiados directamente por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, y que figuran en la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, así como por el contenido de la presente Orden.

Para proceder a la selección de auxiliares, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte debe comunicar al Ministerio de Educación y Formación Profesional las características de los centros receptores. La gestión posterior de dichos becarios, una vez seleccionados, así como los procesos de seguimiento y evaluación son competencia de este Departamento.

En su virtud, y de conformidad con el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Objeto y finalidad.

  1. Esta Orden tiene por objeto convocar a los Institutos de Enseñanza Secundaria y a los Centros Públicos Integrados de Educación Básica y Segundo Ciclo de Educación Infantil (en adelante Centros Públicos Integrados) de la Comunidad Autónoma de Aragón para la elección de lengua extranjera y asignación de auxiliares de conversación para el curso 2019/2020.

  2. Las lenguas objeto de esta convocatoria son las lenguas extranjeras curriculares en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Ámbito de aplicación.

  3. La presente convocatoria se dirige a los Institutos de Enseñanza Secundaria, a las Secciones de los mismos, así como a los Centros Públicos que impartan Educación Secundaria en el curso 2019/2020.

    En la solicitud se indicará una de estas tres preferencias:

    1. Solicitar 12 horas de auxiliar de conversación de una sola lengua extranjera, ordenando, según su propio criterio, las lenguas en las que están interesados en recibir el recurso de un auxiliar de conversación.

    2. Solicitar 12 horas de auxiliar de conversación de dos lenguas extranjeras (6 horas de una lengua extranjera y 6 horas de una segunda lengua extranjera), ordenando, según su propio criterio, las lenguas en las que están interesados en recibir el recurso de un auxiliar de conversación, indicando, así mismo, que están dispuestos a compartirlo.

    3. En el caso de que un Instituto o una Sección solicite un auxiliar de conversación en lengua inglesa y considere que, en...

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