ORDEN ECD/418/2019, de 17 de abril, por la que se convoca a los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para desarrollar Planes de Innovación Educativa a partir del curso 2019-2020.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye en su artículo 73 a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia compartida de enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 1 recoge el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa como uno de los principios de la educación. Asimismo, establece en su artículo 2.2 que los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y en especial, entre otros, la investigación, la experimentación y la renovación educativa.

De igual forma, el artículo 91 recoge como una de las funciones del profesorado la investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente y establece en su artículo 102.3, que a las Administraciones educativas les corresponde fomentar programas de investigación e innovación.

La innovación y la investigación deben tener como objetivo fundamental realizar aportaciones a la comunidad educativa y científica y proporcionar al profesorado perspectivas nuevas, orientaciones y apoyo para su práctica educativa y para su desarrollo profesional, y al alumnado mejoras en sus procesos de aprendizaje y adquisición de competencias.

Por otra parte, la Administración educativa tiene como uno de sus objetivos prioritarios impulsar la calidad de la educación. Dicha calidad depende en gran medida de la capacidad del profesorado y del sistema educativo para buscar vías de innovación y renovación que se adapten a las exigencias del alumnado. Además, se debe tener en consideración a una sociedad en continuo cambio donde los nuevos conocimientos científicos y los avances didácticos y metodológicos son constantes.

En el año 2015 se constituyó el Foro de la Innovación, en un momento en que se planteaba la necesidad de conocer y reconocer la situación de la innovación educativa en Aragón. Asimismo, a través del Mapa de la Innovación se quiso poner a disposición de toda la comunidad educativa un espacio de difusión donde compartir y mostrar la innovación que los centros educativos desarrollan.

La apuesta de este Departamento de Educación, Cultura y Deporte por la innovación se plasmó en la Orden ECD/ 401/2016, de 25 de abril, por la que se crea el Departamento de Innovación y Formación Educativa en todos los Institutos de Educación Secundaria de la Comunidad de Aragón, de titularidad del Gobierno de Aragón, así como en diversas convocatorias realizadas en este ámbito, a través de las cuales se reforzaba dicha línea de trabajo.

Resulta necesario facilitar a las comunidades educativas con iniciativa en este ámbito la puesta en marcha de Planes de Innovación dirigidos a la transformación de la educación, mediante convocatorias que favorezcan el desarrollo de los mismos.

En esta línea, mediante Orden ECD/719/2018, de 28 de abril, se realizó la primera convocatoria a los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para desarrollar Planes de Innovación Educativa a partir del curso 2018-2019, dando lugar a una red innovadora de 25 Centros, "RedEvolución", cuyo trabajo tanto en lo referido al desarrollo de sus propios Planes, como en las sesiones de convivencia de la red han dado resultados muy satisfactorios.

El Plan de Innovación debe ser la referencia del cambio que se pretende a través de la realización de los procesos, actuaciones o metodologías diferentes o novedosas. El fin principal será conseguir una mejora con capacidad de afectar al menos a dos cursos.

La innovación educativa es entendida como un proceso estructurado y evaluado que tiene por objetivo la transformación de la comunidad educativa. Asimismo, trata de mejorar los resultados en los procesos de enseñanza-aprendizaje a los que está intrínsecamente vinculada. Se trata, en fin, de plantear el alcance de un objetivo concreto que pueda ser medido y demostrado con evidencias a través de prácticas, estudios, experimentaciones e investigaciones.

El Plan de Innovación debe estar promovido desde el interior de la comunidad educativa y alcanzar a todos los sectores de la misma. Además, tiene que procurar el fomento de cambios organizativos, pedagógicos y metodológicos en un entorno colaborativo. Para que esto se produzca, es necesario facilitar la participación de todos los sectores de la comunidad en el diseño de la intervención educativa innovadora. En este contexto, los Planes de Innovación se adecuarán al currículo, al desarrollo integral del alumnado y a las nuevas necesidades sociales.

El Plan de Innovación, a diferencia de una experiencia o de un proyecto, construye una entidad con un carácter, una naturaleza y unas señas de identidad propias. Estas son asumidas por todos sus integrantes y contribuye a que el efecto transformador perdure y tenga sentido de permanencia. Se busca facilitar, así, el desarrollo de la idea "La Comunidad cuida a la comunidad" y contribuir a la creación de condiciones que hagan posible el desarrollo personal del alumnado en términos de igualdad de oportunidades y bienestar.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1 que corresponde al Departamento de Educación, Cultura y Deporte la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón. Así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza, y en particular, entre otras, la realización de programas de experimentación e innovación educativa en el ámbito de sus competencias.

Asimismo, de conformidad con su artículo 8.1, le corresponde, a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación el impulso de prácticas innovadoras en relación con las metodologías aplicadas al proceso de aprendizaje, que promuevan la autonomía del alumnado y faciliten la adquisición de las competencias clave, fomentando la realización de proyectos y experiencias, así como la elaboración en su caso de materiales curriculares y pedagógicos.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

  1. Esta Orden tiene por objeto convocar a los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para desarrollar Planes de Innovación educativa a partir del curso 2019-2020, impulsando la transformación en las comunidades educativas.

  2. Podrán participar en esta convocatoria los centros docentes públicos que impartan las enseñanzas básicas, obligatorias, o de régimen especial, que no tengan autorizado un Plan de Innovación en convocatorias anteriores.

  3. En el...

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