ORDEN ECD/1817/2018, de 31 de octubre, por la que se convoca a los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para desarrollar proyectos de innovación educativa durante el curso 2018-2019.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye en su artículo 73 a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia compartida de enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, en su artículo 1 recoge el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa como uno de los principios y fines de la educación. Asimismo, establece en su artículo 2.2 que los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, entre otros, la investigación, la experimentación y la renovación educativa.

Asimismo, su artículo 91 recoge como una de las funciones del profesorado, la investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente y establece, en su artículo 102.3, que les corresponde a las administraciones educativas fomentar programas de investigación e innovación.

La innovación y la investigación educativa deben tener como objetivo final considerar al centro como agente de cambio que busca la mejora del proyecto del alumnado. Igualmente, buscan el desarrollo de capacidades, habilidades, destrezas y actitudes en las competencias clave.

Por su parte, la administración educativa tiene como objetivo impulsar la calidad de la educación. Mejorar esto depende de la capacidad del profesorado y del propio sistema educativo para buscar vías de innovación en la metodología, en los procedimientos y en los modos de trabajo. Del mismo modo, todas las acciones deben ser sostenibles en el tiempo y demostrar un grado de novedad diferencial que contribuya a la evolución e incorpore los nuevos conocimientos científicos y los avances didácticos y metodológicos.

Entre las apuestas de esta Administración educativa por la innovación figura la existencia de un Departamento de Innovación y Formación en los centros docentes de Secundaria, así como en diversas convocatorias a través de las cuales se refuerza esta línea de trabajo.

Es, pues, necesario facilitar entornos donde el profesorado pueda crecer profesionalmente a través de dinámicas de reflexión y de acción y facilitar la mejora de su práctica para desarrollar procesos innovadores. A tal fin, es preciso propiciar la puesta en marcha de proyectos dirigidos al cambio o transformación positivo de la educación mediante convocatorias que favorezcan su puesta en práctica y atiendan a las dos ideas fundamentales que sustentan las líneas de innovación que se proponen: desarrollo y refuerzo de competencias y compromiso de la escuela con la formación de una ciudadanía crítica y consciente.

Estos proyectos deberán ser la referencia del cambio por medio de procesos y actuaciones novedosas que planteen el alcance de un objetivo concreto que pueda ser medido y demostrado con evidencias. De ese modo, se pretende que su principal fin sea convertirse con el tiempo en un plan integral, en un verdadero plan de innovación, tal y como se refleja en la Orden ECD/719/2018, de 18 de abril, en la que se expresa la necesidad de construir entidades con un carácter, una naturaleza y unas señas de identidad propias que contribuyan a que el efecto transformador perdure y sea sostenible en el tiempo de modo que produzca un verdadero cambio.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, atribuye a este Departamento en su artículo 1 competencias en materia de planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón. Igualmente, le corresponde el ejercicio de funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza, y en particular, entre otras, la realización de programas de experimentación e innovación educativa en el ámbito de sus competencias.

Asimismo, de conformidad con su artículo 8.1, le corresponde, a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación el impulso de prácticas innovadoras en relación con las metodologías aplicadas al proceso de aprendizaje, que promuevan la autonomía del alumnado y faciliten la adquisición de las competencias clave, fomentando la realización de proyectos y experiencias, así como la elaboración en su caso de materiales curriculares y pedagógicos.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

1 1. Esta orden tiene por objeto convocar a los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para desarrollar proyectos de innovación educativa durante el curso 2018-2019.

  1. Cada centro educativo podrá presentar un máximo de dos proyectos. Asimismo, podrán presentarse proyectos conjuntos en red, sin que sea aplicable dicho límite para este tipo de proyectos conjuntos.

  2. El proyecto debe ser original y solamente podrá presentarse en un máximo de tres convocatorias consecutivas.

    Segundo.- Finalidad de la convocatoria.

    Esta convocatoria pretende fomentar el desarrollo de proyectos de innovación educativa con la finalidad de impulsar la innovación en los procesos de enseñanza-aprendizaje.

    Tercero.- Contenidos y formatos de los proyectos.

  3. Los proyectos deberán referirse a la innovación en el desarrollo de programaciones sobre las áreas orientadas a la adquisición de las competencias clave, en las que se hagan explícitas las metodologías activas a emplear, centrándose en el papel...

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