ORDEN ECD/1656/2019, de 10 de diciembre, por la que se resuelve el procedimiento de prestaciones que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2019/2020.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Resolución de 8 de agosto de 2019, del Director General de Innovación, Equidad y Participación se abrió el plazo de solicitudes de las prestaciones que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar para el curso 2019/2020 ("Boletín Oficial de Aragón", número 164, de 22 de agosto de 2019).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 84/2018, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las prestaciones que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, a la vista del contenido del expediente y del informe de la Comisión, prevista en el artículo 9, con fecha 20 de septiembre de 2019 el órgano instructor dictó la oportuna propuesta provisional de Resolución del procedimiento, con la relación de solicitantes para los que se proponía la concesión de la prestación y su cuantía, así como la propuesta de inadmisión y desestimación fundamentada del resto de solicitudes, que fue publicada en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón http://www.educaragon.org, así como en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales de este Departamento, habilitando un plazo de diez días hábiles para presentar las alegaciones que se estimasen oportunas.

Igualmente, dicho artículo establece que, finalizado el plazo de alegaciones, la Comisión se reunirá, en su caso, para tener conocimiento de las alegaciones presentadas, y emitir un nuevo informe que sirva de base para la propuesta de Resolución definitiva. Una vez seguido el procedimiento en la forma señalada, el órgano instructor elevará al órgano competente para resolver la propuesta de Resolución definitiva.

Asimismo, el artículo 11 establece que, evacuados los trámites previstos, el titular del Departamento competente en materia de educación no universitaria resolverá en el plazo de seis meses desde la finalización periodo de presentación de solicitudes el procedimiento por Orden, que notificará mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón". Igualmente, será publicada en la página web del Departamento competente en materia de educación no universitaria. Dicha Orden contendrá la relación de destinatarios, el importe de la prestación, así como, de forma fundamentada, la desestimación y la no concesión por inadmisión de la petición, desistimiento, renuncia o imposibilidad material sobrevenida del resto de solicitudes, así como los recursos que contra la misma procedan, y las obligaciones de los destinatarios contempladas en el Decreto. La publicación de la relación de destinatarios y de solicitudes denegadas consistirá en una relación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR