ORDEN ECD/1400/2018, 28 de agosto, por la que se autoriza la continuación del Programa de 'Desarrollo de Capacidades' y se convoca a los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para participar en dicho programa durante el curso 2018/2019.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su preámbulo el principio fundamental de proporcionar una educación de calidad a toda la ciudadanía independientemente de su sexo, en todos los niveles del sistema educativo, y conseguir que todos y todas alcancen el máximo desarrollo posible de sus capacidades, individuales y sociales, intelectuales, culturales y emocionales. De igual forma, se hace también alusión en el preámbulo a la necesidad de establecer un tratamiento específico para el alumnado con altas capacidades intelectuales.

El Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 21 que los poderes públicos aragoneses desarrollarán un modelo educativo de calidad y de interés público que garantice el libre desenvolvimiento de la personalidad del alumnado, en el marco del respeto a los principios constitucionales y estatutarios y a las singularidades de Aragón. Por su parte, el artículo 73 señala que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye las funciones relativas a la ordenación del sector de la enseñanza y la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación.

El Decreto 188/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la respuesta educativa inclusiva y la convivencia en las comunidades educativas de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 240, de 18 de diciembre de 2017), establece en su artículo 3 como principios de la respuesta educativa inclusiva, entre otros, la prevención de necesidades y anticipación a las mismas, la personalización de la enseñanza, la equidad e inclusión como garantía de la igualdad de derechos y oportunidades, la autonomía en la organización y funcionamiento de los centros educativos y la formación e impulso de prácticas innovadoras.

La Orden ECD/1005/2018, de 7 de junio, por la que se regulan las actuaciones de intervención educativa inclusiva ("Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 18 de junio de 2018), establece en el artículo 11 que las actuaciones generales son todas aquellas actuaciones planificadas que se desarrollan en el centro y en el aula con carácter ordinario y se van dirigidas a todo el alumnado, a un grupo o a un alumno en concreto. En el desarrollo de las mismas, el artículo 13, establece en el punto 6 que se podrán implementar programas que estimulen las áreas de desarrollo y las competencias clave para alcanzar el máximo desarrollo de las capacidades personales; el artículo 16 indica en el punto 2 diversas metodologías activas y en el punto 3 diversas modalidades de apoyo al alumnado, los cuales se realizarán dentro del aula con carácter general; y el artículo 19, contempla en su letra c) el enriquecimiento y profundización de la programación.

Desde el curso 2007/2008, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte desarrolla el Programa de Desarrollo de Capacidades. La experiencia, que se inició en cuatro centros de Educación Infantil y Primaria, ha ido extendiéndose en sucesivos cursos a otros centros de la Comunidad Autónoma, hasta un total de 82 centros educativos en el curso 2017/2018.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, le corresponde a este Departamento la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza. Igualmente, de conformidad con los artículos 8.1 ejerce, a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, funciones relativas a la definición de planes, programas y proyectos para atender a la equidad en educación, el diseño, desarrollo y ejecución de las actuaciones y programas destinados a atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y el impulso de prácticas innovadoras en relación con las metodologías aplicadas al proceso de aprendizaje.

En consecuencia, y a propuesta de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, resuelvo:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

  1. Es objeto de esta orden:

    1. Autorizar la continuidad del Programa "Desarrollo de Capacidades", durante el curso 2018/2019, a los centros docentes que ya lo llevaron a cabo en el curso 2017/2018 y que figuran en el anexo I de esta orden.

    2. Convocar a los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón que deseen participar en dicho Programa durante el curso 2018/2019.

  2. Los centros que resulten seleccionados en la presente convocatoria se incorporarán al Programa "Desarrollo de Capacidades".

  3. Podrán solicitar su participación en esta convocatoria los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón que impartan las enseñanzas correspondientes a Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

  4. Los centros que escolaricen alumnado de Educación Infantil y/o Bachillerato y que ya vienen desarrollando el programa desde el curso 2017/2018 o anteriores, podrán extender el programa a este alumnado en el presente curso 2018/2019.

  5. Los nuevos centros que se seleccionen en la presente convocatoria podrán extender el programa al alumnado antes citado, una vez consolidado dicho programa a partir del curso 2019/2020, si así lo solicitan a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación.

    Segundo.- Finalidad de la convocatoria.

    Esta convocatoria pretende impulsar el Programa "Desarrollo de Capacidades" con el fin de:

    1. Ampliar respuesta educativa del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo por altas capacidades determinado por la Red integrada de orientación educativa.

    2. Contribuir a la mejora de la respuesta educativa inclusiva del centro, dirigida al desarrollo de las capacidades de todo el alumnado y no solo del que destaca por su elevado rendimiento curricular, capacidad o talento especial, incorporando a todas las aulas la innovación educativa que en el terreno metodológico y de buenas prácticas se desarrollen en el marco del proyecto.

    3. Facilitar y favorecer la reflexión sobre la práctica docente y la cooperación entre el profesorado del propio centro y con otros centros participantes, creando redes de colaboración a través de las estructuras de la Red de Formación del Profesorado.

    4. Proporcionar actuaciones educativas inclusivas al alumnado que, por sus intereses, estilos y talentos cognitivos, pudieran manifestar desmotivación por las actividades y por el esfuerzo con el consiguiente riesgo de fracaso escolar, contribuyendo al equilibrio de su personalidad y a la mejor participación social en su grupo-clase y en el centro.

    5. Potenciar los procesos de identificación del alumnado que destaca por su elevado rendimiento escolar, por...

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