ORDEN ECD/1363/2018, de 26 de junio, por la que se convoca la realización del programa educativo 'Aulas de Innovación: Naturaleza, Arte y Cultura en Aragón' para el curso 2018-2019.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 20. a) que corresponde a los poderes públicos aragoneses, sin perjuicio de la acción estatal y dentro del ámbito de sus respectivas competencias promover las condiciones adecuadas para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud, y facilitar la participación de todos los aragoneses en la vida política, económica, cultural y social. Por su parte, el artículo 73 establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa en su preámbulo cita, con referencia al alumnado, que la educación es el medio más adecuado para construir su personalidad, desarrollar al máximo sus capacidades, conformar su propia identidad personal y configurar su comprensión de la realidad, integrando la dimensión cognoscitiva, la afectiva y la axiológica. Asimismo, en su artículo 17 h) establece, entre otros, que la educación primaria contribuirá a desarrollar en los niños y niñas las capacidades que les permitan conocer los aspectos fundamentales de las Ciencias de la Naturaleza, las Ciencias Sociales, la Geografía, la Historia y la Cultura.

Con el fin de dar cumplimiento a lo recogido en la normativa de referencia, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte ha previsto el desarrollo de actividades que sirvan de apoyo al aprendizaje, la socialización y el conocimiento de los bienes naturales, culturales, artísticos y sociales de Aragón del alumnado de los centros educativos mediante el desarrollo de un programa de Aulas de Innovación.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte se propone intensificar el contacto de los escolares con los bienes naturales, culturales, artísticos y sociales de nuestra Comunidad Autónoma, promoviendo el sentimiento de identidad aragonesa, el conocimiento de nuestro patrimonio y el de otras realidades sociales, así como el uso creativo de los espacios de ocio y tiempo libre.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1 que corresponde al Departamento de Educación, Cultura y Deporte la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza, cultura, deporte y política lingüística. Igualmente, de conformidad con su artículo 8.1 n), le corresponde a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, entre otras, la coordinación y seguimiento de los proyectos de investigación y de innovación dirigidos al profesorado y a los centros docentes.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Objeto y ámbito.

  1. Se convoca el programa educativo "Aulas de Innovación: Naturaleza, Arte y Cultura en Aragón" para su realización durante el curso escolar 2018-2019, en las Escuelas Hogar y Residencias dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte que se señalan en el anexo III a esta orden.

  2. El programa tiene por objeto favorecer el conocimiento de los bienes naturales, culturales, artísticos y sociales de Aragón, complementando el desarrollo del currículo educativo de los escolares aragoneses en los niveles de educación no universitaria especificados en el anexo II.

  3. Podrán participar en la convocatoria grupos de alumnos, acompañados de su profesorado, de los centros educativos aragoneses sostenidos con fondos públicos.

  4. También podrán participar grupos de alumnos, acompañados de su profesorado, de centros privados de Aragón o de centros educativos de otras Comunidades Autónomas, en caso de existir turnos o periodos en que el programa no se desarrolle con el alumnado especificado en el punto anterior.

    Realización de las actividades.

  5. Las actividades serán dirigidas por el equipo docente destinado a esta finalidad en las aulas de innovación en las Escuelas Hogar y Residencias en las que se desarrolla el programa, con la participación del profesorado acompañante, y respetando, en todo caso, alumnado y profesorado, las normas de convivencia establecidas.

  6. El profesorado acompañante colaborará en el desarrollo de las actividades, velando por el respeto de las normas de convivencia establecidas. Asimismo, recogerá la información del proceso educativo del alumnado y la trasladará, en su caso, al profesorado tutor para incluirla en el proceso de evaluación continua.

    Organización de las actividades.

  7. El desplazamiento de ida y regreso del alumnado será organizado por los centros participantes, mediante el procedimiento que cada centro...

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