ORDEN ECD/1286/2017, de 1 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria de becas que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2017/2018.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Orden ECD/728/2017, de 29 de mayo, publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el "Boletín Oficial de Aragón", número 105, de 5 de junio de 2017, se convocaron becas que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2017/2018.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado Duodécimo de la convocatoria, a la vista del contenido del expediente y del informe emitido por la Comisión de Valoración, con fecha 13 de julio de 2017 el Director General de Innovación, Equidad y Participación dictó propuesta de resolución provisional de dicha convocatoria, con la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía, así como la propuesta de desestimación fundamentada del resto de solicitudes, que fue publicada en la pagina web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón http://www.educaragon.org, habilitando un plazo de diez días hábiles para presentar las alegaciones que se estimasen oportunas.

Dicho apartado establece igualmente que, finalizado el plazo de alegaciones, la Comisión de Valoración se reunirá, en su caso, para tener conocimiento de las alegaciones presentadas, y emitir un nuevo informe que sirva de base para la propuesta de resolución definitiva. Instruido el procedimiento en la forma señalada, el órgano instructor elevará al órgano competente para resolver la propuesta de resolución definitiva, que incluirá los mismos términos previstos en la propuesta de resolución provisional.

Por su parte, el apartado Decimotercero recoge que evacuados los trámites previstos en la convocatoria, la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo máximo de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, resolverá el procedimiento mediante orden, que notificará mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", así como en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org. Dicha orden contendrá el objeto de la subvención, la relación de beneficiarios, el importe de la subvención, así como, de forma fundamentada, la desestimación y la no concesión de ayuda por inadmisión de la petición, desistimiento, renuncia o imposibilidad material sobrevenida del resto de solicitudes. La publicación de la relación de beneficiarios consistirá en una relación de los indicadores asignados a cada solicitud, dada la sensibilidad de los criterios de ponderación que se aplican en el procedimiento.

Una vez seguidos los trámites aludidos, mediante Resolución 16 de agosto de 2017, el Director General de Innovación, Equidad y Participación...

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