ORDEN ECD/1092/2018, de 28 de mayo, por la que se convocan ayudas para las Federaciones Deportivas Aragonesas en el ejercicio 2018, para la preparación y participación de las selecciones aragonesas en los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece en su artículo 71. 52.ª que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de deporte, y en especial, de su promoción.

La Ley 4/1993, de 16 de marzo, del Deporte de Aragón, atribuye en el artículo 6.e al Departamento de Cultura y Educación (actual Departamento de Educación, Cultura y Deporte), la competencia para establecer las normas de concesión y control de subvenciones a las Federaciones Deportivas Aragonesas. El artículo 12 se refiere al deporte en edad escolar, disponiendo que "los planes y programas para la enseñanza y práctica del deporte en la edad escolar se considerarán de interés preferente y estarán orientados a la educación integral del niño y el desarrollo armónico de su personalidad y a la consecución de unas condiciones físicas y de una formación polideportiva que posibiliten la practica continuada del deporte en edades posteriores".

Por su parte, el artículo 26 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 23 de diciembre de 2015), atribuye al Servicio de Actividad Deportiva y Competición, bajo la dirección inmediata del Director General de Deporte, las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma en materia de promoción del deporte a través de sus propios medios y en colaboración con las Federaciones y Clubes Deportivos.

Asimismo, la Orden ECD/1109/2017, de 13 de julio, por la que se aprueban las Bases Generales que rigen los XXXV Juegos Deportivos en Edad Escolar, faculta al Director General de Deporte para determinar la representación de la Comunidad Autónoma de Aragón en las competiciones que puedan ser convocadas por el Consejo Superior de Deportes, así como proponer los apoyos económicos a los agentes colaboradores y participantes en estas fases.

Relacionado con lo anterior, el Libro Blanco del Deporte en Edad Escolar de Aragón establece que las federaciones deben impulsar desde la conciencia educativa del deporte hasta el alto rendimiento de sus deportistas, adaptándose a las diferentes necesidades y características del deportista.

Para favorecer las actividades de las Federaciones Deportivas Aragonesas y el cumplimiento de sus funciones y objetivos, es necesario arbitrar un sistema de ayudas. Las subvenciones convocadas mediante esta orden se encuentran incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Educación, Cultura y Deporte para el período 2016 - 2019, aprobado por Orden de 29 de diciembre de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte.

Se procede por ello a esta convocatoria, conforme a lo dispuesto en la Orden ECD/747/2016, de 5 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 142, de 25 de julio de 2016), modificada por Orden ECD/1622/2016, de 14 de noviembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 223, de 18 de noviembre de 2016), por Orden ECD/473/2017, de 29 de marzo ("Boletín Oficial de Aragón", número 73, de 18 de abril de 2017), y por Orden ECD/1102/2017, de 13 de julio ("Boletín Oficial de Aragón", número 150, de 7 de agosto de 2017) y a las competencias atribuidas al Departamento de Educación, Cultura y Deporte en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, por el que se aprobó su estructura orgánica. ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 23 de diciembre de 2015).

En virtud de lo expuesto, vistas las disposiciones citadas y demás normas de general aplicación, acuerdo:

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. Se aprueba la convocatoria de ayudas para las federaciones deportivas aragonesas para la preparación y participación de las selecciones deportivas aragonesas en los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes para el año 2018, conforme a lo dispuesto en el artículo 99 de la Orden ECD/747/2016, de 5 de julio.

  2. La finalidad de estas ayudas es la promoción del deporte escolar a través de actividades de competición.

  3. La concesión de las ayudas convocadas se llevará a cabo mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, regulado en el artículo 14.3 b) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón (en adelante, Ley 5/2015, de 25 de marzo) y contemplado en el artículo 3 de la Orden ECD/747/2016, de 5 de julio.

Artículo 2 Presupuesto de las Ayudas.
  1. Las ayudas se concederán con cargo al Presupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte para el ejercicio de 2018, en la aplicación 18070/4571/480112/91002, por una cantidad máxima de 118.500,00.

  2. Para la preparación de las selecciones para los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes se destinará una cantidad máxima de 8.000 euros, destinándose la cuantía restante a los gastos generados por la participación en dichos Campeonatos.

Artículo 3 Cuantía de la Subvención.
  1. Conforme al artículo 101 de la Orden ECD/747/2016, de 5 de julio, se financiará hasta el 100% del coste total del proyecto subvencionable. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el 100% del coste de la actividad. En caso contrario, la aportación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se reducirá hasta ese límite.

  2. La cuantía máxima a conceder a un beneficiario será de 30.000 euros.

Artículo 4 Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las federaciones deportivas inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas del Gobierno de Aragón y que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, Ley 38/2003, de 17 de noviembre)

Artículo 5 Requisitos de los beneficiarios.

Los beneficiarios han de estar inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas del Gobierno de Aragón, quedando sometidos al cumplimiento de los requisitos generales establecidos en el artículo 6 de la Orden ECD/747/2016, de 5 de julio y, además, para solicitar la subvención objeto de esta convocatoria, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Haber sido convocado el campeonato de la respectiva modalidad deportiva por el Consejo Superior de Deportes, según las normas generales de organización y desarrollo de los Campeonatos de España en Edad Escolar por Selecciones Autonómicas para el año 2018.

  2. Tener autorizado por la Dirección General de Deporte un plan de viaje, en el que consten las personas responsables, delegados y participantes, todos ellos con licencia escolar en vigor, lugar de alojamiento y medio de transporte.

  3. Según lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, y en la Disposición adicional segunda punto 2 de la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2018, el beneficiario de cualquier subvención o ayuda concedida por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón vendrá obligado a acreditar, en el momento que dispongan las bases reguladoras y la convocatoria de cada subvención, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como que no tiene deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.

    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, la presentación de la solicitud para la concesión de subvenciones por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir tanto por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    En el caso de que el interesado no consintiera dicha consulta, deberá indicarlo expresamente y acreditar, previamente a la emisión de la propuesta de resolución, con los certificados emitidos por los órganos correspondientes, que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

    Conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de las bases reguladoras, los beneficiarios deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, así como no tener deudas pendientes de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, desde el momento previo a la concesión hasta el momento de su pago.

  4. Cumplir, cuando proceda, las obligaciones de transparencia, en los términos previstos en la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

  5. Acreditar, mediante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR