ORDEN DRS/1873/2017, de 17 de noviembre, por la que se convoca subvenciones en materia de ayudas para la mejora de la comercialización de los productos agroalimentarios en la provincia de Teruel, para el año 2017.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Desde la incorporación de España a la Unión Europea, la industria agroalimentaria en el territorio de la Comunidad Autónoma ha venido desarrollando, en su doble vertiente transformadora y de comercialización, un activo proceso de adaptación de sus estructuras a las previstas en el mercado europeo, lo que ha supuesto realizar un esfuerzo inversor importante.

Con el objeto de fomentar estas actuaciones se aprueba la Orden DRS/638/2016, de 14 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la comercialización de los productos agroalimentarios para el periodo 2015-2020, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 127, de 4 de julio de 2016. Esta orden se ajusta a lo dispuesto en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y en el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente, en todo lo que no se oponga a la anterior, y en el Reglamento (UE) n.º 651/2013 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el "Diario Oficial de la Unión Europea" L 187/1 de 26 de junio de 2014, concretamente, en su mayor parte en la categoría de ayudas a las pequeñas y medianas empresas (PYME) para servicios de consultoría y su participación en ferias comerciales, además de ayudas a la formación profesional.

Con fecha 20 de septiembre de 2017, se suscribe el convenio de Colaboración entre el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y el Gobierno de Aragón, para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel, por el que se da aplicación al Protocolo de Intenciones para el desarrollo de actuaciones que continúen favoreciendo la generación de renta y riqueza en la provincia de Teruel, durante el período 2017-2020.

El marco normativo expuesto hace necesario que en la Comunidad Autónoma de Aragón se convoquen las subvenciones para la mejora de la comercialización de los productos agroalimentarios, para el año 2017, siendo subvencionables únicamente actuaciones desarrolladas por beneficiarios radicados en la provincia de Teruel, con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel, para el año 2017.

El Departamento ha dictado hace ya un tiempo los instrumentos jurídicos precisos para hacer posible la presentación telemática de las solicitudes a través del Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de modo que los interesados podrán optar por presentar en papel su solicitud en los lugares habituales de registro o hacerlo electrónicamente, para lo que, en ambos casos, disponen del modelo de solicitud inscrito en el Catálogo de procedimientos administrativos y servicios presentados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón accesible en la siguiente dirección http://www.aragon.es/OficinaVirtualTramites

Por otro lado, con el objeto de aligerar al máximo la documentación que han de presentar los interesados, el artículo 20 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, determina que la mera presentación de la solicitud de subvención, implica el consentimiento del interesado para que sea la Administración la que compruebe el cumplimiento de los requisitos necesarios para la gestión del procedimiento en cuestión, y recabe la documentación exigida que o bien ya fue aportada ante cualquier Administración, o bien ha sido generada por cualquier Administración Pública, salvo que el interesado expresamente deniegue el consentimiento, lo cual tiene reflejo en la presente orden de convocatoria.

El procedimiento de concesión de las subvenciones a que se refiere esta orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva ordinaria regulada en el artículo 14.2, Ley 5/2015, de 25 de marzo, y siempre de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Estas subvenciones están sometidas al régimen del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, habiéndose comunicado a la Comisión Europea en el plazo previsto en el artículo 11 de dicho Reglamento.

Sin perjuicio de la aplicación directa de las bases reguladoras citadas, esta orden reproduce algunos aspectos de las mismas con el objeto de facilitar a los interesados un mejor conocimiento de las cuestiones fundamentales del régimen de la subvención.

De conformidad, con lo previsto en el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, corresponde a este Departamento la competencia sobre las condiciones de comercialización, transformación e industrialización de las producciones agroalimentarias.

En su virtud, resuelvo:

Primero.- Objeto y finalidad.

  1. Esta orden tiene por objeto convocar las subvenciones, destinadas a mejorar la comercialización de los productos agroalimentarios para el año 2017, de conformidad con la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente, en todo lo que no se oponga a la anterior, y en la Orden DRS/638/2016, de 14 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la comercialización de los productos agroalimentarios para el período 2015-2020.

    En particular, estas ayudas se ajustan al Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, reguladas en los artículos 107 y 108 del Tratado, concretamente en la Sección 2: Ayudas a las Pymes, artículo 18 (servicios de consultoría) y artículo 19 (ferias comerciales); y Sección 5: Ayudas a la formación, artículo 31.

  2. La finalidad de las subvenciones que aquí se convocan es fomentar las actuaciones llevadas a cabo por la industria agroalimentaria para fomentar la comercialización de los productos agroalimentarios y el fortalecimiento de las estructuras comerciales a través de la internacionalización, así como la formación empresarial del sector agroalimentario.

    Segundo.- Actividades subvencionables.

  3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden DRS/638/2016, de 14 de junio, podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:

    1. Los servicios de consultoría prestados por empresas externas, entre cuyas funciones se encuentre la promoción para favorecer la comercialización agroalimentaria, que tengan por objeto actividades relacionadas con la adaptación de la producción a las demandas del mercado, con la transformación y comercialización de productos agrarios que formen parte de un plan de empresa y, en particular, los siguientes:

      1. Los estudios de logística en el aprovisionamiento y distribución dentro de un plan de empresa, estudios de investigación de mercados y proyectos de comercialización e internacionalización.

      2. Las asesorías de gestión y/o comerciales.

      3. Las auditorías de calidad y elaboración de manuales de calidad y catálogos de productos.

      4. Los estudios y asesorías para el fomento y la consolidación de la normalización, tipificación y mejora de la calidad.

      5. La puesta en marcha de planes estratégicos tendentes a facilitar la salida de los productos a los mercados.

      6. Los estudios y propuestas sobre el diseño de envases y etiquetas de productos.

      7. Los estudios y asesorías para facilitar la promoción comercial en el sector de la distribución.

      8. Otras asistencias, estudios y propuestas para la más eficaz difusión y conocimiento de los productos, que podrá incluir gastos correspondientes a materia prima para dar a conocer el producto, siempre debidamente justificado el número de personas asistentes y la proporción del producto empleado, dentro de esas propuestas específicas.

    2. La participación de una empresa en cualquier feria o exposición comercial, para la mejora de la comercialización de los productos.

    3. La formación profesional de trabajadores de empresas mayoristas del sector agroalimentario.

  4. De conformidad con lo establecido en el artículo 18 del la Orden DRS/638/2016, de 14 de junio, teniendo en cuenta que en la anualidad 2017 han surgido problemas administrativos que han imposibilitado su convocatoria hasta la fecha, y debido a lo avanzado de la anualidad, resulta necesaria e imprescindible se establezca para la presente convocatoria que puedan subvencionarse actividades ya iniciadas, pero no finalizadas a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

    Tercero.- Gastos subvencionables.

  5. De acuerdo con el artículo 3 de la Orden DRS/638/2016, de 14 de junio, tendrán el carácter de gastos subvencionables de la actividad objeto de la subvención los siguientes:

    1. Para las actividades previstas en el artículo 2.1.a), serán subvencionables, conforme al artículo 18.3 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, los costes de los servicios de consultoría presentados por consultores externos. Estos servicios no consistirán en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa, con los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.

    2. Las actividades previstas en el artículo 2.1.b), conforme al artículo 19.2 del Reglamento (CE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, tendrán por costes subvencionables los de alquiler, montaje y gestión del stand de exposición para la participación de una empresa en cualquier feria o exposición.

    3. Serán costes subvencionables las actividades de formación previstos en el artículo 2.1.c), conforme al artículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR