ORDEN DRS/165/2018, de 9 de enero, por la que se procede a la declaración de la arboleda singular de Aragón denominada 'Ribera de Chopo Cabecero'.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Cumpliendo lo requerido en el artículo 70 del Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de espacios protegidos de Aragón, así como en el artículo 2 del Decreto 27/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Catálogo de árboles y arboledas singulares de Aragón, disposiciones ambas que definen lo que se entiende por arboleda singular de Aragón,

Considerando lo preceptuado en el artículo 7 del Decreto 27/2015, de 24 de febrero, en lo relativo al procedimiento para la declaración y catalogación de una arboleda singular,

A la vista de la Resolución de 24 de julio de 2017, de la Directora General de Sostenibilidad, iniciando el procedimiento de declaración de la arboleda singular de Aragón denominada "Ribera de chopo cabecero",

Estimadas parcialmente las alegaciones presentadas durante los trámites de audiencia a interesados y de información pública, en las que se solicitaba la ampliación de la superficie de la arboleda declarada como singular, el incremento del importe previsto en la propuesta y la integración del sendero fluvial existente con la propuesta de creación de un sendero interpretativo; comprobada la ausencia de sugerencias emitidas por los Ayuntamientos o la Comarca donde radica la arboleda.

Estimadas las alegaciones realizadas por la Confederación Hidrográfica del Júcar, con la matización de que las actuaciones de mantenimiento, restauración...

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