ORDEN CUS/1923/2019, de 30 de diciembre, por la que se concede una subvención a la Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón (Fundación CEFCA) para financiar el proyecto denominado 'Galáctica - Observatorio Astrofísico de Javalambre' en el marco del convenio suscrito entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes (FITE 2019).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Visto el escrito de solicitud de subvención dirigido a la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, de 5 de diciembre de 2019, suscrito por el Director de la Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón (en adelante Fundación CEFCA), en representación de la citada Fundación para la obtención de una subvención destinada a financiar el proyecto denominado "Galáctica - Observatorio Astrofísico de Javalambre" se han apreciado los siguientes:

Antecedentes

Primero.- El escrito de solicitud se enmarca en las actuaciones objeto de financiación del convenio suscrito el 11 de diciembre entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes.

Concretamente, mediante Real Decreto 703/2019, de 29 de noviembre, (publicado en el "Boletín Oficial del Estado", número 288, de 30 de noviembre de 2019), al amparo del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se regula, por un importe de treinta millones de euros (30.000.000 €) del presupuesto de 2019 del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Aragón para la financiación de proyectos de inversión que promuevan directa o indirectamente la generación de actividad económica en la provincia de Teruel, regulándose en el artículo 4 el destino de la misma.

Segundo.- Con fecha 3 de diciembre de 2019, el Gobierno de Aragón autorizó la celebración de un convenio de colaboración con la Administración General de Estado para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes, así como la aprobación del gasto que conlleva su celebración incluyendo la relación de proyectos propuestos.

Tercero.- Al amparo del artículo 2.2 del citado Real Decreto, con fecha 11 de diciembre de 2019 se suscribió convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes (en adelante convenio FITE 2019).

Conforme se establece en la cláusula 1.ª del convenio FITE 2019 es objeto del mismo "la financiación de proyectos de inversión que promuevan la creación de un espacio de competitividad necesario para superar las peculiaridades socioeconómicas de la provincia de Teruel y favorecer la generación de actividad económica".

Por su parte, en la cláusula 2.ª, punto 1, se define, a efectos del convenio FITE 2019, qué se entiende por proyecto de inversión, entendiendo como tal "aquella actuación que tenga la consideración de operación de capital imputada a los capítulos VI, VII y VIII de los presupuestos de las entidades gestoras de estos fondos. En concreto, tendrán esta consideración los gastos destinados a la creación o adquisición de bienes de capital, así como los destinados a la adquisición de bienes de naturaleza inventariable necesarios para el funcionamiento operativo de los servicios y aquellos otros gastos de naturaleza inmaterial que tengan carácter inventariable. En particular, un gasto se considera amortizable cuando contribuya al mantenimiento de la actividad del sujeto que lo realiza en ejercicios futuros". A continuación, el punto 2 de la citada cláusula establece que "la relación de los distintos proyectos de inversión financiados con el Fondo será la que se efectúe de común acuerdo entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, y que se formalice mediante acuerdo expreso de la Comisión de Seguimiento". Seguidamente, en el punto 3, ambas administraciones públicas establecen que no podrán financiarse gastos corrientes, salvo excepción, ni ampliaciones de capital para reequilibrar la situación financiera de entidades. Finalmente, la cláusula 2.ª punto 5 establece las líneas de actuación en que se deben enmarcar los proyectos de inversión, figurando entre ellas la línea "i) apoyo al mantenimiento y desarrollo de proyectos estratégicos".

Cuarto.- De acuerdo con la mencionada cláusula 2.ª, punto 2, del convenio, la Comisión de Seguimiento en el acta de diciembre de 2019, una vez que se ha hecho efectiva la previsión contemplada en la cláusula 4.ª6 del reiterado convenio, que establece un sistema para valorar la elegibilidad de los proyectos mediante una acreditación específica que el convenio atribuye a la Intervención General de la Comunidad Autónoma y que ha sido cumplimentado mediante sendos informes emitidos el 11 y 12 de diciembre de 2019, aprueba los proyectos propuestos por la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo de la citada acta "en los términos y condiciones establecidos en el Informe de la Interventora General de Aragón".

Entre los proyectos relacionados en el anexo del acta, en el apartado i "apoyo a proyectos estratégicos y singulares" en el subapartado i.3 bajo el enunciado Galáctica -Observatorio Astrofísico de Javalambre, figura el siguiente proyecto aprobado:

Objeto: "inversiones en proyectos científicos en el Observatorio Astrofísico de Javalambre, infraestructura científica, técnica y astronómica, construida por el Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón (CEFCA) para llevar a cabo grandes cartografiados astronómicos"

Titular: "Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento".

Forma de ejecución: "transferencia de crédito en favor de la Fundación".

Importe: 3.000.000 €.

Plazo de ejecución: "1 de enero de 2019 a 31 de diciembre de 2022".

Respecto al citado proyecto, el informe de 12 de diciembre de 2019 de la Intervención General enuncia "del coste total financiado, 3.000.000 de euros, un importe de 2.700.000 euros son gastos del personal investigador (científicos, ingenieros, astrónomos...). La calificación de estos gastos como amortizables es dudosa por cuanto se trata de los gastos ordinarios de la actividad de la entidad. No obstante, se ha aportado un certificado firmado por el Director de la Fundación en el que se manifiesta que se trata de gastos de naturaleza inmaterial de carácter amortizable. A la vista de ese certificado, la actuación se puede considerar elegible, si bien se comprobarán todas las condiciones de elegibilidad en el momento de elaborar los informes de seguimiento o en la verificación final".

Quinto.- Como consecuencia de lo anterior, en la aplicación presupuestaria del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2019 17030/G/5423/780167/32200, proyecto de gasto 2014/000339, Centro Gestor 17030 Dirección General de Investigación e Innovación del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, se recoge un crédito por importe de tres millones de euros (3.000.000 €), destinado a financiar el proyecto antes mencionado.

Vistos la Circular 3/2017, de 27 de octubre, de la Intervención General, sobre el Fondo de Inversiones de Teruel y su ejecución; la Circular 1/2018, de fecha de firma electrónica 22 de febrero, de la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sobre la fiscalización de transferencias a entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto-Ley 5/2017, de 14 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para facilitar la ejecución del convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales) y el Gobierno de Aragón, para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel que continúen favoreciendo la generación de renta en dicha provincia, convalidado por las Cortes de Aragón en sesión plenaria celebrada el día 30 de noviembre de 2017; el Texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón; el Texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón; el Decreto 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Real Decreto 703/2019, de 29 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel que favorezcan la generación de actividad económica en dicha provincia; el convenio suscrito el 11 de diciembre de 2019 entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes, el acta de la primera reunión celebrada el 11 de diciembre de 2019 por la Comisión de Seguimiento del citado convenio, y demás normativa aplicable, se han considerado los siguientes

Fundamentos de derecho

Primero.- La financiación del proyecto en cuestión no se ampara en ninguna convocatoria de subvenciones gestionada por el Departamento Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento ya que se ampara en la referida decisión adoptada por la Comisión de Seguimiento regulada en el convenio FITE 2019.

De conformidad con el punto 3 de la Circular 3/2017, de 27 de octubre, de la Intervención General y con la Circular 1/2018, de fecha de firma electrónica 22 de febrero, de ese mismo centro directivo, efectivamente procede en este caso que el Departamento responsable formalice la concesión de una subvención a favor de la citada Fundación en cuanto que la actividad que se subvenciona responde al objeto y fines de la Fundación que se recogen en sus estatutos aprobados mediante Decreto 155/2008, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la constitución de la "Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón".

Segundo.- La concesión de la subvención debe efectuarse conforme a la normativa sectorial...

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