ORDEN CDS/986/2018, de 4 de junio, por la que se convoca y regula el procedimiento de adjudicación de plazas en las Residencias Juveniles del Gobierno de Aragón, para el curso académico 2018/2019.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La competencia exclusiva en materia de juventud corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con el artículo 71. 38.º del Estatuto de Autonomía de Aragón y, en razón de la actual estructura organizativa de la Administración de la Comunidad Autónoma, corresponde al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales y al Instituto Aragonés de la Juventud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.

Conforme lo anterior, y lo previsto en el artículo 14 de la Orden de 16 de mayo de 1994, del Departamento de Educación y Cultura, por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interno de las Residencias Juveniles de la Diputación General de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 65, de 30 de mayo de 1994), corresponde al Instituto Aragonés de la Juventud la ordenación y gestión de las residencias y al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales hacer pública la relación de plazas vacantes.

La oferta de plazas de las residencias que gestiona actualmente el Instituto Aragonés de la Juventud, de acuerdo con las competencias que tiene atribuidas según con lo dispuesto en el artículo 11, o) de la Ley 6/2015, de 25 de marzo, ha sido objeto de reciente renovación con el fin de adecuar los servicios a las necesidades actuales de la juventud en el entorno económico y social actual, así como para realizar una gestión más eficiente y eficaz, además de ampliar la posibilidad de ingreso en las residencias a un mayor abanico de estudiantes, personal docente e investigador que puede ver cubiertas necesidades de alojamiento en residencias públicas, atendiendo a circunstancias sociales o académicas, ya sea durante el curso académico completo o por periodos inferiores, en tanto los servicios públicos deben adaptarse a la habitual movilidad de estudiantes y profesorado.

La citada Orden de 16 de mayo de 1994, resulta obsoleta en parte de su articulado y con la finalidad de garantizar la seguridad jurídica, se regula en esta norma el procedimiento de adjudicación, se procede a la derogación de las disposiciones contrarias a la Ley de Juventud y se acuerda la suspensión temporal de la vigencia de aquéllas disposiciones en materia procedimental que son reguladas por esta orden, manteniendo la vigencia del resto de su articulado.

De acuerdo con lo anterior, esta orden tiene por objeto hacer pública la convocatoria para la cobertura de plazas en las residencias juveniles "Ramón y Cajal" de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza) y "Baltasar Gracián" de Zaragoza para el curso académico 2018/2019, estableciendo los requisitos y condiciones de acceso al centro, junto al procedimiento de solicitud a que está sujeto el derecho de obtención de plaza como residente y, para ello, en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por los artículos 10 y 43.3 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, como Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales según dispone el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente orden tiene por objeto regular y convocar la oferta de plazas en régimen de residentes durante el curso académico 2018/2019 en la Residencia Juvenil "Baltasar Gracián" de Zaragoza y en la Residencia Juvenil "Ramón y Cajal" de la Almunia de Doña Godina (Zaragoza), adscritas y gestionadas directamente por el Instituto Aragonés de la Juventud, cuyo procedimiento se regirá por lo dispuesto en esta norma.

  2. El número de plazas objeto de esta convocatoria es de 48 plazas en la residencia juvenil "Ramón y Cajal", y de 145 plazas en la residencia juvenil "Baltasar Gracián".

Artículo 2 Solicitud.

Podrán presentar solicitud aquéllos que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Estar matriculados en estudios universitarios de grado, master o doctorado en cualquier universidad pública o privada o en cursos de enseñanza superior y ciclos formativos de grado medio y superior en cualquier centro docente público o privado de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso académico 2018/2019.

  2. Tener entre 18 y 30 años a 31 de diciembre de 2018.

  3. Que el domicilio habitual se encuentre en localidad distinta a aquélla en la que se encuentra el centro donde el solicitante tiene previsto formalizar la matrícula.

  4. Aprovechamiento del curso académico inmediatamente anterior, mediante la superación en convocatoria de junio de, al menos, el cincuenta por ciento de las materias en que estuviera matriculado.

Artículo 3 Periodo de estancia en la residencia.
  1. La estancia en la residencia comprenderá los periodos lectivos comprendidos entre el uno de octubre del 2018 y el treinta de junio de 2019.

  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, de acuerdo con lo señalado en la norma de régimen interno del centro, el director del centro podrá autorizar la permanencia fuera de estos periodos.

  3. A efectos de esta orden, el régimen de pensión completa comprende el servicio de comedor de desayuno, comida y cena de lunes a viernes y no incluye, en ningún caso, el servicio de...

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