ORDEN CDS/981/2017, de 6 de julio, por la que se convocan plazas en centros de atención residencial para personas mayores de titularidad de las administraciones locales aragonesas, destinadas a personas en situación de dependencia reconocida con Grado II o III.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, establece, como uno de sus objetivos fundamentales, la organización y desarrollo de un Sistema Público de Servicios Sociales y el establecimiento de mecanismos de coordinación y trabajo en red entre todas las Administraciones públicas integradas en el mismo.

Así, el artículo 3.2 de dicha norma establece que el Sistema Publico de Servicios Sociales esta integrado por el conjunto de servicios sociales de titularidad pública, tanto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón como de las entidades locales aragonesas integradas en el mismo, que ajustarán su actuación a lo previsto en dicha Ley.

La finalidad última de todos los recursos públicos que conforman el Sistema Público de Servicios Sociales de Aragón, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley de Servicios Sociales, no es otra que "garantizar el acceso y uso de los recursos sociales en condiciones de igualdad, procurar formas de convivencia positiva para la realización personal y la autonomiÍa y promover las condiciones personales y sociales para participar en la vida social, así como para favorecer la responsabilidad social".

La Ley de Servicios Sociales reafirma, por tanto, la obligación de los poderes públicos de velar por una utilización óptima de los recursos sociales de naturaleza pública, priorizando su utilización antes de acudir a otras formas de gestión.

Partiendo de estos principios, se ha constatado que existe una dilatada lista de espera de personas en situación de dependencia que desean acceder a una plaza pública de residencia y que no pueden hacerlo por carencia de plazas suficientes en centros de titularidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. A su vez, hay un importante número de plazas residenciales de titularidad de las entidades locales aragonesas que están vacantes, generando importantes problemas de gestión de estos proyectos públicos.

Por todo ello, se ha considerado procedente aprobar un procedimiento que, aún teniendo carácter extraordinario, ayude a optimizar los recursos públicos y mejore el acceso de los ciudadanos a las residencias públicas, especialmente en el ámbito rural, que es donde más plazas vacantes existen.

Con esta orden se pretende alcanzar varios objetivos que resultan de especial relevancia para el Sistema Público de Servicios Sociales:

  1. Ampliar el número de plazas residenciales a disposición de los ciudadanos aragoneses que están...

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