ORDEN CDS/756/2019, de 7 de junio, por la que se convocan subvenciones para la financiación de actuaciones a favor de la integración de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para el año 2019, en el marco del Programa Operativo Fondo Social Europeo Aragón 2014-2020.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 75.6, la competencia en materia de integración de inmigrantes, en especial el establecimiento de las medidas necesarias para su adecuada integración social, laboral y económica, mediante los procedimientos que se establezcan en las políticas de inmigración.

Asimismo, el artículo 69 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social establece que los poderes públicos apoyarán a los sindicatos, organizaciones empresariales y organizaciones no gubernamentales que, sin ánimo de lucro, favorezcan su integración, facilitándoles ayuda económica para sus actuaciones específicas. Por tanto, para lograr la integración de la población inmigrante es esencial el trabajo coordinado de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón con los agentes sociales, las entidades sociales y las entidades locales, para lograr la integración como proceso bidireccional entre personas de origen extranjero y autóctonas.

Para fomentar la integración de las personas de origen extranjero se financiarán proyectos que respondan a las necesidades específicas que tienen las personas de origen extranjero residentes en Aragón. Que tengan en cuenta la situación de contraste cultural que viven las personas jóvenes, muchas nacidas en Aragón, la doble discriminación de las mujeres, el prevenir y revertir situaciones de discriminación, y mejorar la gestión de la diversidad cultural en los servicios públicos. A su vez, es necesario incrementar la formación en interculturalidad e igualdad de profesionales, empresarios y personal de las entidades sociales y locales.

Esta Orden de convocatoria tiene prevista su cofinanciación al 50% por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020, por lo que se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo; el Reglamento (UE) núm. 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1081/2006 del Consejo.

Se regirá también por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, de la Ley General de Subvenciones; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón aplicable; la Orden CDS/467/2019, de 30 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de integración de personas de origen extranjero, y la Orden CDS/503/2018, de 8 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento vigente a la publicación de la convocatoria.

Las subvenciones a Entidades Locales contempladas en esta Orden, forman parte del Fondo Local de Aragón, por lo que también les serán de aplicación la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón.

Las subvenciones contempladas en la presente convocatoria contribuyen a la consecución de la misión del Fondo Social Europeo que, conforme establece el Reglamento (UE) n.º 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, modificado por el Reglamento (UE) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018. Se promoverá la inclusión social, la lucha contra la pobreza y cualquier forma de discriminación, contribuyendo de esta forma a dar respuesta a las prioridades de la Unión en materia de mejora de la cohesión económica, social y territorial. Por ello, se solicitará que las subvenciones contempladas en la presente Orden sean cofinanciadas a través del Programa Operativo de Aragón de Fondo Social Europeo para el período 2014-2020, aprobado por Decisión de la Comisión Europea de 17 de diciembre de 2015.

El Programa Operativo Fondo Social Europeo Aragón 2014-2020, aplica con carácter general la opción de costes simplificados. Por ello todas las subvenciones otorgadas a través de la presente convocatoria, siguiendo lo señalado en las Directrices sobre las opciones de costes simplificados, financiación a tipo fijo, baremos estándar de costes unitarios e importes a tanto alzado de la Comisión Europea, justificándose con las opciones de costes simplificados de baremos estándar de costes unitarios para los costes directos de personal y la financiación a tipo fijo para los costes indirectos.

En virtud, de todo lo expuesto y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales; como Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente Orden tiene por objeto el establecimiento de subvenciones para la financiación de proyectos, en el año 2019 a favor de la inclusión activa de las personas inmigrantes residentes en Aragón, en el marco del Programa Operativo Fondo Social Europeo de Aragón para el período de programación 2014-2020. La convocatoria fomentará la realización de actuaciones dirigidas a promover la igualdad, desde el respeto a la diversidad cultural, en el desarrollo de las políticas de integración sociolaboral de las personas de origen extranjero que residen en la Comunidad Autónoma de Aragón, para mejorar la convivencia intercultural y la cohesión de la sociedad aragonesa.

  2. Las subvenciones contempladas en la presente convocatoria contribuyen a la consecución de las misiones del Fondo Social Europeo que, conforme establece el Reglamento (UE) n.º 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo al Fondo Social Europeo, promoverá unos niveles elevados de empleo y de calidad del empleo, mejorará el acceso al mercado laboral, la inclusión social y fomentará la no discriminación y la igualdad de oportunidades, contribuyendo de esta forma a dar respuesta a las prioridades de la Unión en materia de mejora de la cohesión económica, social y territorial. Por ello, se solicitará la cofinanciación de estas subvenciones por del Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Aragón para el período de programación 2014-2020.

  3. No se financiarán proyectos que organicen fiestas populares, mercados interculturales, actividades culturales de ocio o recreo, comidas o celebraciones, excursiones o viajes culturales.

  4. No se financiarán proyectos, cuando la entidad solicitante sea adjudicataria de un contrato de prestación de servicios con la misma finalidad. Siendo necesario, si la entidad solicitante es adjudicataria de un contrato con distinta finalidad, que acredite fehacientemente que no utilizará la subvención para financiar prestaciones del servicio del que es contratista o el personal adscrito a la ejecución del contrato.

Artículo 2 Régimen jurídico de la convocatoria.
  1. Esta convocatoria se regirán por la normativa básica estatal en materia de subvenciones, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; y la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

    Así como por lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen las disposiciones comunes y generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y el Reglamento (UE) n.º...

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