ORDEN CDS/581/2018, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden CDS/470/2016, de 5 de mayo, del Gobierno de Aragón, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, establece en su artículo 71.34 la competencia exclusiva de nuestra Comunidad Autónoma en materia de acción social, que comprende la ordenación, organización y desarrollo de un sistema público de servicios sociales que atienda a la protección de las distintas modalidades de familia, la infancia, las personas mayores, las personas con discapacidad y otros colectivos necesitados de protección especial.

Del mismo modo, en su artículo 79 estipula que, en las materias de su competencia corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios regulando, o en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.

El Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 128, de 6 de julio de 2015, modificó la organización de la Administración de la Comunidad de Aragón, asignando competencias a los distintos Departamentos. El organismo autónomo Instituto Aragonés de Servicios Sociales, creado por Ley 4/1996, de 22 de mayo, queda adscrito al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

El artículo 9 de la citada ley establece las competencias que corresponde ejercer al Instituto Aragonés de Servicios Sociales, entre las que se encuentra la gestión de subvenciones y prestaciones económicas de carácter periódico y no periódico que correspondan, así como aquellas que sean transferidas por el Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por su parte, la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, establece como uno de los objetivos de las actuaciones de los poderes públicos en materia de servicios sociales, prevenir y atender las situaciones de exclusión de las personas o los grupos y desarrollar estrategias que favorezcan su inclusión social.

El Instituto Aragonés de Servicios Sociales, ante la petición del Organismo Intermedio del Servicio de Fondos del Gobierno de Aragón, de realizar una operación específica cofinanciada en un 50 % por el Fondo Social Europeo, ha previsto dentro de la Prioridad de Inversión 9.1. "Inclusión activa, con vistas a mejorar la igualdad de oportunidades, así como la participación activa y la mejora de la posibilidad de encontrar un empleo" la actuación IASS (5): ISPEDIS (Colectivos con especiales dificultades) para el período 2014-2020.

Para favorecer que comarcas y municipios de más de veinte mil habitantes puedan dotarse de un establecimiento adecuado como Centro de Servicios Sociales y dar cumplimiento a los requisitos materiales exigidos en el Decreto 184/2016, de 20 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales en Aragón, y facilitar la accesibilidad a establecimientos de servicios sociales y la construcción y/o mejora de establecimientos para la atención intensiva...

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