ORDEN CDS/251/2019, de 25 de febrero, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y otras entidades sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de protección o defensa en materia de consumo.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Vistas las solicitudes de subvención en materia de consumo, presentadas por las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y otras entidades sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de protección o defensa en materia de consumo, con arreglo a lo establecido en la Orden CDS/1934/2018, de 9 de noviembre, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y otras entidades sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de protección o defensa en materia de consumo.

Antecedentes

Por parte de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y otras entidades sin ánimo de lucro se presenta la documentación a que hace referencia el artículo 5 de la mencionada Orden CDS/1934/2018, de 9 de noviembre, procediéndose a su estudio por parte de la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios con el fin de comprobar la adecuación y el cumplimiento de lo dispuesto en la Orden CDS/1934/2018, de 9 de noviembre, y en la Orden CDS/154/2016, de 29 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo.

Fundamentos jurídicos

Primero.- De conformidad con la asignación de funciones y atribuciones realizadas en el artículo 27 de la Orden CDS/154/2016, de 29 de febrero, artículo 10 de la Orden CDS/1934/2018, de 9 de noviembre, y Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, es competencia de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales dictar Resolución en el presente expediente.

Segundo.- En el expediente se han observado todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común con las especialidades previstas en la Orden CDS/154/2016, de 29 de febrero, Orden CDS/1934/2018, de 9 de noviembre, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Tercero.- La pretensión suscitada es admisible, por lo que procede reconocer lo solicitado de conformidad con el proyecto y documentos aportados, y basándose en lo establecido en la Orden CDS/154/2016, de 29 de febrero, y en la Orden CDS/1934/2018, de 9 de noviembre, con las condiciones y en los términos que se indican en la parte dispositiva de esta Resolución.

Por todo ello y vistas las disposiciones citadas, la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de...

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