ORDEN CDS/194/2016, de 26 de febrero, por la que se convocan las subvenciones para la realización de Campos de Trabajo en el marco del Programa 'Voluntariado y Solidaridad 2016', del Instituto Aragonés de la Juventud.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Orden de 18 de enero de 2016, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud, constituyendo el régimen jurídico aplicable a las bases que deben aprobarse para la concesión de las subvenciones dentro de programas de desarrollo de Campos de Trabajo a realizar en el marco del Programa Voluntariado y Solidaridad del Instituto Aragonés de la Juventud.

Las subvenciones previstas en esta orden, se otorgarán previa convocatoria pública cuya aprobación y resolución corresponderá al Consejero del Gobierno de Aragón competente en materia de juventud u órgano en quien delegue y, según dispone su artículo 22, el procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva iniciándose de oficio mediante convocatoria anual, sujeta a la disponibilidad presupuestaria existente.

El artículo 9.4.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece como requisito previo para la concesión de subvenciones la existencia de crédito suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de éstas y, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón establece que, con carácter previo a la convocatoria de la subvención, deberá efectuarse la aprobación del gasto en los términos previstos en la misma y en la ley que regule la Hacienda de la Comunidad Autónoma.

La competencia en materia de juventud corresponde al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, al que queda adscrito el Instituto Aragonés de la Juventud, de acuerdo con el artículo octavo del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.

El proyecto de presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de la Juventud para el año 2016 tiene consignado crédito suficiente y adecuado, para financiar las actuaciones susceptibles de ser subvencionadas al amparo de esta convocatoria con el fin de promover el voluntariado juvenil en la realización de Campos de Trabajo, dentro del marco del Programa "Voluntariado y Solidaridad 2016" del Instituto Aragonés de la Juventud.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; esta convocatoria se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, aprobado por Orden de 3 de febrero de 2016, concretamente en el objetivo estratégico: "Promoción del voluntariado internacional y de la movilidad internacional a través de los Campos de Trabajo", gestionado en el programa 3231. Promoción de la Juventud.

De acuerdo con lo anterior y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas como Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales por el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, en relación con lo dispuesto en la citada Orden de 18 de enero de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 16 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, dispongo:

Artículo primero Convocatoria.
  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones con destino a la realización de Campos de Trabajo, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón durante los meses de julio y agosto, en el marco del Programa Voluntariado y Solidaridad del Instituto Aragonés de la Juventud para el año 2016, con sujeción a las Bases incluidas en esta convocatoria disponibles en la siguiente página de Internet: http://juventud.aragon.es.

  2. A las actuaciones contempladas en la presente orden les serán de aplicación las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud, contenidas en la Orden de 18 de enero de 2016, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales.

Artículo segundo Cuantía y financiación.

La cuantía estimada para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un importe de 60.000 € (sesenta mil euros) con cargo al presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de la Juventud para el ejercicio 2016, con cargo a la aplicación presupuestaria G/3231/480127/91002. No obstante, podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la prevista en esta convocatoria en los términos y condiciones establecidos en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

La concesión de las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria queda subordinada, en todo caso, al interés de los proyectos presentados y a que exista crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de la Juventud.

Bases de la convocatoria

Primera.- Objeto de la convocatoria.

La presente orden tiene por objeto convocar las subvenciones para la realización de Campos de Trabajo en el marco del Programa Voluntariado y Solidaridad del Instituto Aragonés de la Juventud para el año 2016.

Segunda.- Destinatarios de las subvenciones.

Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro Público, con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercera.- Proyectos subvencionables.

Podrán ser objeto de subvención los Proyectos de Campos de Trabajo que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Deberán adecuarse a las funciones asignadas al Instituto Aragonés de la Juventud y a las necesidades del entorno juvenil.

  2. Deberán ir dirigidos a la realización desinteresada de actuaciones o servicios de claro interés social mediante jóvenes voluntarios en alguna de las siguientes modalidades: arqueología; construcción-restauración; artesanía-etnología; ecología-medioambiente; agricultura-jardinería; integración social; protección civil; investigación-estudio; turismo.

  3. El proyecto que fundamenta el Campo de Trabajo, deberá contemplar la participación de 20 voluntarios con una duración de 15 días naturales.

  4. El proyecto de Campo de Trabajo puede ir dirigido a la participación de voluntarios incluidos en uno de los dos intervalos de edades siguientes: de 15 a 17 años o de 18 a 26 años.

  5. Tanto los Campos de trabajo dirigidos a jóvenes de 15 a...

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