ORDEN CDS/1455/2018, de 31 de agosto, por la que se establecen los precios de las plazas concertadas por el Instituto Aragonés de la Mujer, en ejercicio de sus competencias en materia de Acción Concertada.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley 11/2016, de 15 de diciembre, de acción concertada para la prestación de servicios de carácter social en Aragón, establece medidas dirigidas a otorgar mayor protagonismo en la prestación de estos servicios a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro. Así, según el nuevo planteamiento, la gestión de los servicios sociales puede realizarse tanto con arreglo a alguna de las fórmulas establecidas en las normas de contratación del sector público, como mediante acuerdos de acción concertada con entidades públicas o con entidades privadas de iniciativa social, careciendo entonces de naturaleza contractual.

La Orden CDS/2042/2017, de 30 de noviembre, por la que se regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sociales en Aragón, desarrolla el contenido establecido en la Ley 11/2016, de 15 de diciembre. El artículo 7 de la Orden CDS/2042/2017, de 30 de noviembre, en relación con el coste y financiación de las plazas concertadas, dispone que los costes a retribuir serán los variables, fijos y permanentes, incluidos los indirectos, sin incluir el beneficio industrial, que se retribuirán mediante las tarifas o módulos económicos que se determinen.

Interesa, por tanto, determinar los costes de los servicios correspondientes a la acción concertada, de manera que puedan servir de referencia para los acuerdos de concertación a realizar por el Instituto Aragonés de la Mujer con entidades sin ánimo de lucro, que conforme con el anexo de la Orden CDS/2042/2017, de 30 de noviembre, serán los relativos a los servicios de alojamiento de urgencia y el de alojamiento de acogida, ya que por el momento el servicio de alojamientos tutelados para mujeres víctimas de violencia se presta con medios propios.

Por todo cuanto antecede y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, dispongo:

Primero.- Ámbito de aplicación.

La presente orden tiene por objeto la determinación de los importes de los módulos económicos correspondientes a la prestación de los servicios de alojamiento de urgencia y alojamiento de acogida para mujeres víctimas de violencia y sus hijos.

Segundo.- Descripción de los Servicios.

El servicio corresponde a los Servicios de alojamiento, tanto de emergencia como de acogida, configurados para dar respuesta temporal a las mujeres, a sus hijas e...

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