ORDEN AGM/400/2020, de 20 de mayo, por la que se autorizan medidas de control de poblaciones cinegéticas que generan graves riesgos y amenazas durante la vigencia del estado de alarma.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Dada la situación derivada de las limitaciones de movilidad para luchar contra la propagación de la enfermedad determinadas en aplicación del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación instó a las Comunidades Autónomas a mantener el control de la población de jabalí para prevenir daños en las explotaciones agrarias y evitar la propagación de epizootias.

Debido a que el desequilibrio poblacional de otras especies cinegéticas puede traducirse en graves perjuicios y amenazas para la agricultura y la ganadería, así como para los ecosistemas, y derivar en riesgos y afecciones en el ámbito de la sanidad animal y vegetal, y reconocido el carácter esencial de las actividades precisas para garantizar la cadena alimentaria por el Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante la Orden AGM/329/2020, de 17 de abril, se autorizan medidas de control de poblaciones cinegéticas que generan graves riesgos y amenazas durante la vigencia del estado de alarma. Tal actividad de control se encuentra contemplada tanto en la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón, como en el Plan General de Caza para la temporada 2019/2020.

La Orden AGM/329/2020, de 17 de abril, se dictó en el contexto descrito y con vocación temporal limitada a la vigencia del estado de alarma, en la medida que dicho estado requiriera el desarrollo excepcional de las citadas medidas de control.

No obstante, en el momento actual, España ha iniciado un proceso de reducción gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad, en el marco del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, que establece los principales parámetros e instrumentos para su consecución. En su desarrollo, la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, incorpora las condiciones para el desarrollo de la actividad cinegética en su disposición adicional segunda, apartado 7.

Dicho apartado incluye un...

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