ORDEN de 5 de noviembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se corrigen errores detectados en diversos currículos de Ciclos Formativos de Formación Profesional.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su capítulo V la regulación de la formación profesional en el sistema educativo.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, determina en su artículo 8 que las Administraciones educativas definirán los currículos correspondientes respetando lo dispuesto en el citado Real Decreto y en las normas que regulen los títulos respectivos.

La Orden de 29 de mayo de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, establece la estructura básica de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

En desarrollo de la misma se han publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", las distintas órdenes por las que se establecen los currículos para la Comunidad Autónoma de Aragón de distintos títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional. Tras haberse detectado errores en su redacción procede la realización de las oportunas modificaciones a través de la presente orden.

Por todo lo expuesto, en el uso de las competencias conferidas por la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, así como por el Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, modificado por Decreto 178/2012 de 17 de julio, dispongo:

Artículo 1 Modificación de la Orden de 14 de julio de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico en Producción Agropecuaria para la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Orden de 14 de julio de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico en Producción Agropecuaria para la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 158, de 12 de agosto de 2010), queda modificada en los términos que se establecen a continuación:

En al página 19745, referido al módulo profesional Producción de Carne y otras Producciones Ganaderas, Código: 0478, donde dice:

"Duración: 147 horas",

Debe decir:

"Duración 126 horas"

Artículo 2 Modificación de la Orden de 18 de julio de 2011, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico en Jardinería y Floristería para la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Orden de 18 de julio de 2011, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico en Jardinería y Floristería para la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 169, de 26 de agosto de 2011), queda modificada en los términos que se establecen a continuación:

En la página 19004 al pie del anexo VA) se debe añadir la siguiente nota:

Nota: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia correspondientes a la cualificación profesional de AGA168_2 Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes y a la de AGA460_2 Producción de semillas y plantas en vivero, de acuerdo al procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o por vías no formales de formación, tendrán convalidado el módulo profesional 0404 Fundamentos agronómicos

Artículo 3 Modificación de la Orden de 26 de julio de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico en Gestión Administrativa para la Comunidad Autónoma de...

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