ORDEN de 23 de marzo de 2015, del Consejero de Política Territorial e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para paliar los efectos provocados por las inundaciones producidas por los desbordamientos en la cuenca del río Ebro.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Según dispone el Artículo 71.57.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de regulación, planificación, coordinación y la ejecución de medidas relativas a emergencias y seguridad civil ante incendios, catástrofes naturales, accidentes y otras situaciones de necesidad.

El artículo 1 de la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil, y Atención de Emergencias de Aragón, establece que el sistema de protección civil comprende la actuación de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón dirigida a tutelar la integridad de la vida de las personas, sus bienes y el patrimonio colectivo y ambiental frente a daños producidos por situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad

Entre los instrumentos con los que cuenta el Gobierno de Aragón para la consecución de los fines descritos, se encuentra la planificación de protección civil, definida como el marco orgánico y funcional de las autoridades, órganos y organismos, así como los mecanismos de movilización de los medios materiales y personales, tanto públicos como privados, necesarios para la protección de la integridad física de las personas, los bienes y el patrimonio colectivo y ambiental ante situaciones de emergencia colectiva.

Siendo objeto de plan especial los riesgos por inundaciones, se aprobó el Decreto 37/2006, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Inundaciones, cuyo objeto es el de establecer la organización y los procedimientos de actuación de los recursos y servicios públicos o privados al objeto de hacer frente a las emergencias por riesgo de inundaciones provocadas, bien por precipitaciones, por avenidas extraordinarias de ríos o por rotura de presas, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Con ocasión de la avenida extraordinaria ocurrida en la cuenca del río Ebro durante la última semana del mes de febrero y primeros días de marzo de 2015 se ha activado el citado plan especial.

El desbordamiento que ha provocado la avenida ha producido una serie de daños y pérdidas en infraestructuras y equipamientos de titularidad local, interrumpiendo en algunos casos, la normal prestación de los servicios públicos locales.

A la vista de los daños producidos en la cuenca del río Ebro, el Gobierno de Aragón ha aprobado el Decreto-Ley 1/2015, de 9 de marzo, por el que se establecen medidas urgentes para reparar los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón por los desbordamientos acontecidos en la cuenca del río Ebro durante la última semana del mes de febrero y primeros días del mes de marzo de 2015.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del mencionado Decreto-Ley, el Departamento de Política Territorial e Interior es el competente para la convocatoria de las subvenciones previstas en dicho artículo, debiendo aprobar, en el plazo de un mes, la convocatoria de las subvenciones, junto con las bases reguladoras.

Por todo lo expuesto dispongo:

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales, en desarrollo del artículo 11 del Decreto-Ley 1/2015, con exclusión de las infraestructuras públicas de riego y del ciclo integral...

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