DECRETO 1/2009, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón por el que se modifica el fichero de datos de carácter personal «FORALU»

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 1/2009, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón por el que se modifica el fichero de datos de carácter personal «FORALU»

El Instituto Aragonés de Empleo gestiona las subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación que ejecutan los centros propios y los colaboradores. El artículo 4 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, establece las obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones, entre las cuales está la de «aportar la información y documentación que se requiera durante la fase de instrucción del procedimiento, ejecución de la formación y justificación de la subvención, así como tener a disposición de los órganos de control competentes los documentos acreditativos de la asistencia de los trabajadores a las acciones formativas». En el mismo sentido, los artículos 15 y 36 de esta norma regulan la obligación del beneficiario de la subvención de justificar la correcta aplicación de los fondos públicos que le fueron concedidos y la facultad de la Administración de realizar actuaciones de comprobación relativas entre otros asuntos a la ejecución de la acción formativa y el número real de participantes.

Por otro lado, el Reglamento (CE) Nº 1083/2.006, del Consejo, de 11 de julio, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1.999, establece en su artículo 90 la obligación de la autoridad de gestión correspondiente de mantener a disposición de la Comisión y el Tribunal de Cuentas «todos los documentos justificativos relacionados con los gastos y con las auditorías correspondientes a un programa operativo durante un periodo de tres años a partir del cierre de un programa operativo». Tal y como señala, a su vez, el artículo 32 de esta norma, «cada programa operativo cubrirá el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013».

El registro de asistencias de los alumnos es un procedimiento necesario para el control de los grupos, que actualmente se realiza mediante firmas manuscritas en un formulario predeterminado que gestiona en primera instancia la entidad responsable de impartir el curso. Así, los formularios firmados se transforman en el principal hecho probatorio o acreditativo de realización de la acción formativa, a la vez que permiten justificar la adecuada utilización de los fondos públicos que financian las mismas, ante los entes que aportan dichos fondos.

En la actualidad el Instituto Aragonés de Empleo gestiona el sistema de control de asistencias y, en consecuencia, la justificación de la correcta utilización de los fondos públicos que financian la realización de los cursos de formación, a través del fichero de datos FORALU, creado en virtud del Decreto 167/1.994, de 18 de julio, de la Diputación General de Aragón, de regulación de los ficheros automatizados de datos de carácter personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que fue modificado en virtud del Decreto 98/2.003 de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

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