DECRETO 140/2010, de 20 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que modifica el Decreto 18/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Rango de LeyDecreto

El Decreto de 6 de julio de 2007, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, modificó la organización en Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma, manteniendo en su artículo primero el Departamento de Educación, Cultura y Deporte y posteriormente el Decreto 112/2007, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, desarrolló la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, determinando los órganos directivos de cada Departamento disponiendo que el Gobierno de Aragón a propuesta del Vicepresidente y de cada Consejero aprobará mediante Decreto las normas de desarrollo de la estructura orgánica establecida por dicha disposición, así como las de redistribución de competencias entre los distintos órganos administrativos.

A dicha disposición se dio cumplimento mediante al aprobación del Decreto 18/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte que previa atribución de competencias al Departamento configura la estructura orgánica del mismo, de conformidad con lo establecido en la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, relacionando previamente las competencias generales atribuidas al mismo.

La reciente aprobación de la Ley 10/2009, de 22 de diciembre, de uso, protección y promoción de las lenguas propias de Aragón ha establecido el marco jurídico en el que debe desarrollarse la política lingüística del Gobierno de Aragón en ejercicio de la competencia exclusiva sobre lenguas y modalidades lingüísticas de Aragón que, conforme a lo dispuesto en el artículo 71.4 del Estatuto de Autonomía de Aragón, corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón y por ello, tras la atribución de competencias correspondiente debe configurarse la estructura departamental necesaria para dar cumplimento a lo dispuesto en dicha Ley.

Por ello, con la modificación del Decreto 18/2009, se atribuye de forma expresa la política lingüística, como competencia del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y se establecen las necesarias adaptaciones en la configuración del órgano que...

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