LEY 21/2002, de 16 de octubre, de autorización de disposición de valores mobiliarios de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón «Fomento y Desarrollo del Valle de Benasque, S. A.», «Panticosa Turística, S. A.» y «Nieve de Teruel, S. A.».

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyLey

††† LEY 21/2002, de 16 de octubre, de autorizaciÛn de disposiciÛn de valores mobiliarios de las empresas p˙blicas de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn ´Fomento y Desarrollo del Valle de Benasque, S. A.ª, ´Panticosa TurÌstica, S. A.ª y ´Nieve de Teruel, S. A.ª.

††† En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de AragÛn, y ordeno se publique en el ´BoletÌn Oficial de AragÛnª y en el ´BoletÌn Oficial del Estadoª, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artÌculo 20.1 del Estatuto de AutonomÌa.

††† PREAMBULO Por Decreto 291/2001, de 6 de noviembre, del Gobierno de AragÛn, se autoriza la creaciÛn de la empresa ´AramÛn, MontaÒas de AragÛn, S.

††† A.ª, como empresa participada por la DiputaciÛn General de AragÛn y medio propio instrumental para la realizaciÛn de actuaciones en el ·mbito del sector turÌstico de la nieve en AragÛn.

††† Esta sociedad se ha constituido en virtud de escritura p˙blica, otorgada el 29 de mayo de 2002, ante el Notario, con residencia en Zaragoza, D. Enrique Vililla Esteban, constituyendo su objeto social la promociÛn y desarrollo del sector turÌstico de la nieve en la Comunidad AutÛnoma de AragÛn.

††† De conformidad con lo dispuesto en el artÌculo 4 del Decreto 291/2001, en el momento de la constituciÛn de ´AramÛn, MontaÒas de AragÛn, S. A.ª, la DiputaciÛn General de AragÛn suscribiÛ el 15% del capital social, el Instituto AragonÈs de Fomento, el 35%, y la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, AragÛn y Rioja, el 50%.

††† Estas entidades desean colaborar, coordinando sus recursos y esfuerzos en un proyecto que permita obtener mejoras en la explotaciÛn del dominio esquiable aragonÈs, contribuyendo tanto a la potenciaciÛn del sector turÌstico de la nieve en nuestra Comunidad AutÛnoma como al crecimiento sostenido de sus zonas de influencia, mejorando la calidad de vida en los entornos de montaÒa aragonesa, actuando, en todo caso, con sujeciÛn a los principios de calidad, seguridad y respeto al medio ambiente.

††† Para la consecuciÛn de estos fines, los socios de ´AramÛn, MontaÒas de AragÛn, S. A.ª, consideran conveniente disponer, a tÌtulo oneroso, a favor de la empresa de sus tÌtulos de participaciÛn en otras empresas vinculadas, igualmente, a la explotaciÛn del sector turÌstico de la nieve en AragÛn.

††† Conforme con lo anterior, el Gobierno de AragÛn pretende aportar al capital de ´AramÛn, MontaÒas de AragÛn, S. A.ª, la totalidad de las acciones de la Comunidad AutÛnoma, adscritas al Departamento de Cultura y Turismo, en las empresas ´Fomento y Desarrollo del Valle de Benasque, S. A.ª, ´Nieve de Teruel, S. A.ª, y ´Panticosa TurÌstica, S. A.ª.

††† Por su parte, el Instituto AragonÈs de Fomento aportarÌa la totalidad de sus acciones en ´Fomento y Desarrollo del Valle de Benasque, S.

††† A.ª, y ´Nieve de Teruel, S. A.ª.

††† Dado que el montante de los valores mobiliarios de la Comunidad AutÛnoma en cada una de las empresas referidas supera la cifra de 1.502.530 euros, seg˙n resulta del informe sobre el valor teÛrico de las acciones, deducido del ˙ltimo balance aprobado, y supone, asimismo, la disposiciÛn de la totalidad de los tÌtulos que poseen en una misma entidad, es necesaria la autorizaciÛn de las Cortes de AragÛn, de conformidad con lo dispuesto en los artÌculos 59.3 y 60.5 del Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn, aprobado por Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio.

††† ArtÌculo 1.-AutorizaciÛn para disponer.

††† 1. Se autoriza al Consejero de EconomÌa, Hacienda y Empleo para que aporte a la empresa ´AramÛn MontaÒas de AragÛn, S. A.ª, la totalidad de las acciones de titularidad de la Comunidad AutÛnoma, adscritas al Departamento de Cultura y Turismo, en las empresas ´Fomento y Desarrollo del Valle de Benasque, S. A.ª, ´Nieve de Teruel, S. A.ª, y Panticosa TurÌstica, S. A.ª.

††† 2. Se autoriza al Consejero de EconomÌa, Hacienda y Empleo para que aporte a la empresa ´AramÛn MontaÒas de AragÛn, S. A.ª, la totalidad de las acciones, pertenecientes al Instituto AragonÈs de Fomento, en las empresas ´Fomento y Desarrollo del Valle de Benasque, S. A.ª, y ´Nieve de Teruel, S. A.ª.

††† ArtÌculo 2.-Forma de la disposiciÛn.

††† Las disposiciones en favor de ´AramÛn MontaÒas de AragÛn, S. A.ª, autorizadas en el artÌculo anterior, se realizar·n a tÌtulo oneroso, de conformidad con lo dispuesto en la normativa mercantil reguladora de las aportaciones no dinerarias a sociedades anÛnimas, de tal modo que la Comunidad AutÛnoma de AragÛn recibir·, en acciones de ´AramÛn MontaÒas de AragÛn, S. A.ª, una cantidad que, como mÌnimo, ser· el equivalente al valor teÛrico de las acciones que aporta de las sociedades ´Fomento y Desarrollo del Valle de Benasque, S. A.ª, ´Nieve de Teruel, S. A.ª, y ´Panticosa TurÌstica, S. A.ª, seg˙n resulte del balance aprobado de las tres empresas, a fecha 30 de septiembre de 2002.

††† DisposiciÛn final ˙nica.-Entrada en vigor.

††† La presente Ley entrar· en vigor el mismo dÌa de su publicaciÛn en el ´BoletÌn Oficial de AragÛnª.

††† AsÌ lo dispongo a los efectos del artÌculo 9.1 de la ConstituciÛn y los correspondientes del Estatuto de AutonomÌa Zaragoza, 16 de octubre de 2002.

††† El Presidente del Gobierno de AragÛn, MARCELINO IGLESIAS RICOU

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