DECRETO 145/1997, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se convocan ayudas a Proyectos de Investigación en materias de interés para el desarrollo económico, social y cultural de Aragón.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y EDUCACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 145/1997, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se convocan ayudas a Proyectos de Investigación en materias de interés para el desarrollo económico, social y cultural de Aragón.

La investigación y el desarrollo tecnológico se han convertido en motores de progreso económico, social y cultural de la sociedad. La planificación de ámbito estatal, por su vocación general, no llega a resolver plenamente los problemas específicos que surgen en las Comunidades Autónomas debido a sus especiales características socioeconómicas. Por ello, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 36.2 de su Estatuto de Autonomía, es voluntad de la Diputación General de Aragón el fomentar, mediante la convocatoria pública de ayudas, la investigación en las áreas de interés específico de la Comunidad y con una mayor incidencia en la vida económica, social y cultural. Dada la indeterminación del concepto "interés para Aragón", se establecen unas grandes direcciones estratégicas a las cuales habrán de ajustarse los Proyectos de Investigación. Asimismo, a fin de optimizar los recursos disponibles, evitar la dispersión de esfuerzos y aprovechar las sinergias entre proyectos complementarios, se da preferencia en la presente Convocatoria a un número reducido de líneas temáticas de interés específico, que pueden ser abordadas desde diversos campos y disciplinas, definidas por el Consejo Superior de Investigación y Desarrollo en base a la experiencia de la anterior convocatoria.

Para superar el tradicional aislamiento de los equipos investigadores, se potenciará la formación de grupos amplios pluri- disciplinares y la coordinación y colaboración entre equipos. En la evaluación y selección de proyectos se tendrá en cuenta el interés y aplicabilidad de los resultados previsibles. Así, en el área tecnológica se valorará el interés económico y perspectivas de realización industrial de productos y procedimientos, y en otros campos, la utilidad para la planificación, gestión y toma de decisiones. En su virtud, por iniciativa del Consejo Superior de Investigación y Desarrollo, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 30 de julio de 1997, DISPONGO CAPITULO I . DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.--Objeto Se convocan ayudas económicas para la realización de proyectos de investigación en materias de interés para el desarrollo económico, social y cultural de la Comunidad Autónoma por equipos pertenecientes a centros universitarios, de investigación, y tecnológicos públicos y privados de Aragón.

Artículo 2.--Objetivos y líneas de investigación. 1. Podrán ser objeto de subvención los proyectos de investigación en materias que contribuyan positivamente a la consecución de alguno o algunos de los objetivos estratégicos...

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