ORDEN de 15 de junio de 2012, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se regula la incorporación de trámites telemáticos en los procedimientos administrativos del Consejo Económico y Social de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Los ciudadanos tienen el derecho a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos. Así lo establece la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Correlativamente, la misma Ley impone a las administraciones públicas la obligación de utilizar las tecnologías de la información en la actividad administrativa, asegurando la disponibilidad, el acceso, la integridad, la autenticidad, la confidencialidad y la conservación de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el ejercicio de sus competencias.

El Gobierno de Aragón, mediante Decreto 228/2006, de 21 de noviembre, modificado por Decreto 81/2011, de 5 de abril, creó el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y reguló la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos. En su artículo 14 prevé que cada Departamento determinará y publicará en el «Boletín Oficial de Aragón» los procedimientos administrativos de su competencia que sean susceptibles de tramitación telemática.

El Consejo Económico y Social, según el Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, es el órgano consultivo en que se materializa la colaboración e intervención de todos los agentes sociales en la actividad económica y social de la Comunidad Autónoma. Su organización, composición y funciones están reguladas en la Ley 9/1990, de 9 de noviembre.

Orgánicamente, la unidad de apoyo al Consejo Económico y Social se encuentra adscrita a la Secretaría General Técnica de la Presidencia, según dispone el Decreto de 31 de enero de 2012, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, que establece su estructura orgánica. La Secretaría General Técnica de la Presidencia, como órgano directivo de la Administración no dependiente de un departamento, ha iniciado el procedimiento para la adopción de esta Orden por el Departamento de Presidencia y Justicia.

Esta Orden regula la incorporación de trámites telemáticos en los procedimientos administrativos del Consejo Económico y Social incluidos en el Catálogo de modelos normalizados de solicitudes y comunicaciones dirigidas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En su virtud de todo ello, dispongo:

Artículo 1 Objeto
  1. Esta Orden tiene por objeto establecer los procedimientos administrativos de competencia del Consejo Económico y Social de Aragón susceptibles de tramitación telemática, que son los que figuran en el anexo I.

  2. Los trámites que podrán realizarse de modo telemático, de acuerdo con lo que prevean las correspondientes bases reguladoras, son la presentación de solicitudes y documentación complementaria, y la práctica de notificaciones.

  3. Las previsiones de esta Orden no afectan al resto de los trámites que tengan lugar en el seno de dichos procedimientos, sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición transitoria...

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