DECRETO 17/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 315/2011, de 27 de septiembre, de estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Justicia.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyDecreto

El Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, modificado por el Decreto de 19 de septiembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno, dispuso la creación de un nuevo Departamento de Presidencia y Justicia, asignando sus competencias mediante Decreto de 22 de julio de 2011.

De conformidad con el artículo 2, apartado 1 del Decreto 156/2011, de 25 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Departamento de Presidencia y Justicia se organiza básicamente en una Secretaría General Técnica y las Direcciones Generales de Relaciones Institucionales y con las Cortes de Aragón, de Desarrollo Estatutario, de Administración de Justicia, de Servicios Jurídicos y de Participación Ciudadana, Acción Exterior y Cooperación.

Quedan adscritas al Departamento de Presidencia y Justicia, la Dirección de Comunicación, la Unidad de protocolo y las Delegaciones del Gobierno de Aragón en Madrid y ante la Unión Europea.

Mediante Decreto 315/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Justicia, dando así cumplimiento a lo previsto en la Disposición final primera del Decreto 156/2011, de 25 de julio, antes citado.

La presente modificación del Decreto 315/2011, de 27 de septiembre, afecta a la Disposición transitoria quinta relativa a la Oficina del Gobierno de Aragón en Bruselas y obedece a la necesidad de racionalizar el gasto público aplicando los principios de eficacia y economía que deben guiar la gestión pública. La actual estructura del Departamento de Presidencia y Justicia, con la Dirección General de Participación Ciudadana, Acción Exterior y Cooperación, tiene la necesaria y suficiente entidad como para asumir las labores de dirección y coordinación que requiere este órgano administrativo sin necesidad de que exista la figura de un Director al frente.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto...

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