DECRETO 32/2002, de 5 de febrero, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA HACIENDA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 32/2002, de 5 de febrero, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad.

A la Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 35.1.24 del Estatuto de Autonomía, le corresponde la competencia exclusiva sobre la planificación y el fomento de la actividad y del desarrollo económico en su ámbito territorial, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional. Igualmente se encomienda a los poderes públicos aragoneses impulsar la política tendente a la mejora y equiparación de las condiciones de vida y trabajo de los aragoneses, promoviendo, además, la corrección de desequilibrios económicos, sociales y culturales entre los distintos territorios de Aragón, según dispone el artº. 6.2 del Estatuto de Autonomía.

En cumplimiento de lo señalado anteriormente, el Gobierno de Aragón viene dedicando esfuerzos a incentivar el acceso al mercado de trabajo y la igualdad de oportunidades de personas desempleadas así como a favorecer la estabilidad y la calidad en el empleo de los trabajadores ya ocupados de forma temporal o precaria, con especial atención a colectivos con dificultades de acceso al mercado de trabajo como los jóvenes, mujeres, mayores de 40 años o personas discapacitadas.

El Acuerdo Social Económico y Social para el Progreso de Aragón para el período 2001-2003, suscrito entre el Gobierno de Aragón, los sindicatos UGT y Comisiones Obreras y las organizaciones empresariales CREA y CEPYME, establece, entre otras cuestiones, las orientaciones a tener en cuenta a la hora de diseñar y regular el programa de ayudas y subvenciones para el fomento de la contratación estable en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Siendo fieles a dicho Acuerdo, y a la vista de la experiencia obtenida de la aplicación del Decreto 34/2001, de 13 de febrero, del Gobierno de Aragón sobre Fomento de la Contratación Estable, con el presente Decreto se mantiene el esfuerzo en el desarrollo de políticas activas de apoyo a la contratación, principalmente indefinida, de colectivos con especiales dificultades de inserción como los jóvenes menores de 30 años, los mayores de 40 años, las mujeres, los discapacitados y los parados de larga duración, todo ello, en un claro objetivo del Ejecutivo Aragonés por favorecer la creación de empleo, aumentar su estabilidad y promover la igualdad de oportunidades en sintonía con los principios y directrices de la Unión Europea. En este sentido, parte de las ayudas y subvenciones recogidas en el presente Decreto destinadas a la contratación de mujeres y minusválidos cuentan con el apoyo de la Unión Europea a través de la cofinanciación de las mismas por el Fondo Social Europeo cuya misión es contribuir al desarrollo del empleo impulsando el espíritu de empresa, la empleabilidad, la adaptabilidad, la igualdad de oportunidades y la inversión en recursos humanos.

Como en Decretos anteriores, en el apoyo a la contratación para el año 2002, se siguen dos líneas fundamentales: por un lado, subvencionar la contratación indefinida de los colectivos de desempleados señalados y, por otro, favorecer la colocación estable de trabajadores ocupados con contratos temporales, subvencionado la conversión en indefinidos de dichos contratos.

Asimismo el presente Decreto sigue apostando por medidas valientes e imaginativas de discriminación positiva en las medidas de apoyo a la contratación de mujeres ante la aplastante evidencia mostrada por el mercado de trabajo de nuestra Comunidad Autónoma: la tasa de paro femenina triplica a la masculina. En esta flexibilización de requisitos a cumplir en la contratación de mujeres se mantiene el criterio de no exigir ningún período previo de desempleo en los supuestos de transformación en indefinidos de los contratos temporales celebrados con mujeres. Igualmente se mantienen los incentivos a la contratación de tituladas universitarias, a la reincorporación de las mujeres al mercado laboral tras varios años de ausencia del mismo y a la colocación de las mismas en actividades y oficios en los que se encuentren subrepresentadas.

Asimismo se incluye una nueva subvención destinada a incentivar la contratación de trabajadoras en puestos de responsabilidad y a favorecer la promoción profesional de las mismas en el seno de las empresas en las que vengan prestando sus servicios.

Otra novedad destacable es la flexibilización de requisitos en la contratación de trabajadores discapacitados con el objetivo de contribuir a su inserción socio-laboral y facilitar para las empresas la contratación de este colectivo. Para ello se suprime para desempleados de este colectivo la exigencia de haber permanecido seis meses inscritos como desempleados en las Oficinas del Servicio Público de Empleo o Agencia de Colocación debidamente autorizada.

Igualmente, para apoyar el tránsito de trabajadores discapacitados desde Centros Especiales de Empleo a empresas ordinarias, favoreciendo así su integración definitiva en el empleo normalizado, se fija una subvención para aquellas empresas que contraten a trabajadores minusválidos procedentes de dichos Centros de empleo protegido. Asimismo, para compensar a los Centros Especiales, se fija una ayuda para aquéllos que pierdan algún trabajador como consecuencia de su trasvase a empresas normalizadas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en reunión del día 5 de febrero de 2002, DISPONGO CAPITULO I. DEL AMBITO DE APLICACION Artículo 1.-Ambito de aplicación.

1.-Las normas contenidas en el presente Decreto constituyen el régimen jurídico aplicable a las subvenciones por Fomento de Empleo para aquellas contrataciones realizadas en el periodo comprendido entre el 16 de octubre de 2001 y el 30 de septiembre de 2002 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2.-El Instituto Aragonés de Empleo podrá, con sujeción a las dotaciones presupuestarias de este ejercicio, conceder las ayudas a que se refiere el presente Decreto, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en el mismo, así como las ayudas que, siéndoles de aplicación el Decreto 34/2001, de 13 de febrero, y cumpliendo todos los requisitos para su concesión, no hubiesen podido resolverse durante el ejercicio 2001.

CAPITULO II. APOYO A LA CONTRATACION ESTABLE Y DE CALIDAD Artículo 2.-Finalidad y beneficiarios.

1.-Este programa tiene por finalidad apoyar la contratación estable y de calidad, el relevo generacional, la promoción profesional de la mujer y la entrada en el mercado de trabajo de colectivos con dificultades de integración laboral y de jóvenes titulados universitarios. Serán beneficiarias de las ayudas previstas en el presente Decreto aquellas empresas que radiquen y desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y contraten a trabajadores por cuenta ajena a jornada completa, o a tiempo parcial no inferior al 50% de la ordinaria en la empresa, sin computar en su caso las horas complementarias. Cuando la contratación se efectúe a tiempo parcial, el importe de la ayuda se reducirá en la misma proporción que la jornada.

2.-Quedan excluidas de este apoyo:

a) Las contrataciones efectuadas por las Administraciones Públicas, entidades y empresas de ellas dependientes.

b) Las contrataciones que afecten al empresario, a los socios y a quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas o entidades solicitantes. La exclusión de contrataciones de cargos directivos no se aplicará a los supuestos de promoción profesional de mujeres recogidos en el artículo 6 del presente Decreto.

c) Las contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado inclusive, del empresario, de los socios y de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas o entidades solicitantes.

d) Las contrataciones que se deriven de una sucesión en la titularidad de la empresa o cambio de forma jurídica de ésta.

e) Las contrataciones de trabajadores que hubiesen pertenecido a la misma empresa o grupo de empresas con contrato indefinido en los 12 meses anteriores.

Artículo 3.-Ayudas para la contratación indefinida de determinados colectivos de trabajadores desempleados.

1.-Se establecen las siguientes modalidades de ayuda:

A) Subvención de 3.750 euros por la contratación indefinida de trabajadores pertenecientes a los siguientes colectivos:

a) Trabajadores mayores de cuarenta años b) Mujeres c) Minusválidos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

d) Desempleados que lleven al menos un año inscritos como demandantes de empleo en la correspondiente Oficina del Servicio Público de Empleo o Agencia de Colocación debidamente autorizada.

e) Jóvenes menores de treinta años sin cualificación, que hayan cursado estudios como máximo de Graduado Escolar, EGB ó ESO o que hayan participado con aprovechamiento en el Programa Público de Escuelas Taller y Casas de Oficio o en el Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón (FIJA), siempre que el contenido de la formación recibida esté directamente relacionado con el puesto de trabajo a desempeñar.

B) Subvención de 1.250 euros por la contratación indefinida de desempleados, efectuada para un centro de trabajo antes de haber transcurrido seis meses desde el alta en el Impuesto de Actividades Económicas, cuando dicho centro esté radicado en una zona rural. A efectos de este Decreto, se entenderán por zonas rurales todos aquellos municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón distintos de las tres capitales de provincia: Huesca, Teruel y Zaragoza. Esta subvención será acumulable a las indicadas en el apartado A).

C) Subvención de 2.500 euros por la contratación indefinida del primer trabajador, efectuada por un trabajador por cuenta propia, autónomo o sociedad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR