ORDEN de 1 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, la denominada «Fundación Real Zaragoza»

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyOrden

ORDEN de 1 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, la denominada «Fundación Real Zaragoza»

Examinado el expediente de inscripción de la «Fundación Real Zaragoza «en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, desarrollada por el Reglamento de Fundaciones, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y en el Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y se crea el Registro de Fundaciones, así como la Orden de 16 de abril de 1996, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, referente al funcionamiento del Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma, consta lo siguiente:

Hechos

Primero.-La «Fundación Real Zaragoza» ha sido constituida, en escritura pública número 420, de 21 de febrero de 2007, otorgada en Zaragoza ante el Notario D. José Angel de Andrés Rodríguez, del Colegio de Aragón.

La entidad fundadora es la mercantil «Real Zaragoza, S. A. D».

Segundo.-El domicilio de la Fundación radica en Zaragoza, C/ Ibarra, núm. 6 (Pabellón Multiusos «Alfonso Solans Serrano»).

La Fundación desarrollará sus actividades principalmente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.-La dotación de la Fundación está constituida por la aportación dineraria de 30.000 euros, habiéndose desembolsado 7500 euros (25%) en una entidad bancaria a nombre de la Fundación. El resto deberá hacerse efectivo en un plazo no superior a 5 años desde la fecha de otorgamiento de la escritura.

Cuarto.-El objeto o finalidad principal de la Fundación es el fomento de la práctica del fútbol y del deporte en general, en sus distintas categorías y edades, particularmente entre los niños y los jóvenes. Y asimismo entre aquellos colectivos con especiales dificultades de integración para contribuir a paliar o evitar situaciones de marginación o discriminación.

La promoción del deporte como instrumento educativo al servicio de la formación integral de la persona, así como el estímulo y la difusión de los valores humanos del deporte. También el acercamiento del deporte a la sociedad, realizando actividades de formación o difusión del mismo, especialmente en Aragón.

Promover el estudio y la investigación en los...

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