DECRETO 50/1986, de 2 de mayo, de la Diputación General de Aragón, sobre aprobación - modificación del régimen funcional de la Gerencia Urbanística del municipio de Zaragoza (Apartado 3. art. 8 del Reglamento).

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 50/1986, de 2 de mayo, de la Diputación General de Aragón, sobre aprobación-modificación del régimen funcional de la Gerencia Urbanística del municipio de Zaragoza (Apartado 3. art. 8 del Reglamento).

Vista la documentación enviada por el Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza relativa a modificación del artículo octavo del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo.

RESULTANDO 1º.- Que el Pleno municipal del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza, en sesión plenaria celebrada el día 14 de noviembre de 1985 adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo: "Primero.-Aprobar con carácter inicial la modificación del apartado tercero del artículo octavo del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Excmo.

Ayuntamiento de Zaragoza, ampliando hasta ocho el número de concejales miembros. Dicho apartado quedará redactado en los siguientes términos: "Tercero.-Los vocales serán: ocho concejales designados por la Corporación, el Gerente y tres más designados por el Alcalde entre las categorías profesionales previstas en el artículo 57 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales." RESULTANDO 2º.- Que el Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Zaragoza ha enviado certificación del Sr. Secretario General de la Corporación, en el que se refleja el transcrito acuerdo municipal, con objeto de que por el Organo competente de la Diputación General de Aragón se otorgase la aprobación de la modificación del apartado 3 del artículo 8º. del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo.

Visto, asimismo, los artículos 215 de la Ley del Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, artículo 18 del Reglamento de Gestión Urbanística y artículo 3º.17 del Decreto de la Diputación General de Aragón de 7 de julio de 1980.

CONSIDERANDO 1º.- Que la Diputación General es competente para la aprobación del régimen de gerencia, a propuesta del Consejero del Departamento de Urbanismo, Obras Públicas y Transportes de la Diputación General de Aragón, de conformidad con lo regulado en el artículo 3º., apartado 17, del Decreto de la Diputación General de Aragón de 7 de julio de 1980.

CONSIDERANDO 2º.-Que el Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en sesión celebrada el 29 de marzo de 1982, acordó "aprobar la institución del régimen de Gerencia Urbanística del Municipio de Zaragoza, de acuerdo con la propuesta formulada por ese Ayuntamiento".

CONSIDERANDO 3º.-Que la propuesta municipal estaba plasmada en una Memoria Justificativa y en un Reglamento.

CONSIDERANDO 4º.- Que el...

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