DECRETO 23/2002, de 22 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto de Interés Cultural, como Lugar de Interés Etnográfico, la denominada Arquitectura de Piedra Seca, en el municipio de la Iglesuela del Cid (Teruel).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

††† DECRETO 23/2002, de 22 de enero, del Gobierno de AragÛn, por el que se declara Bien de InterÈs Cultural, en la categorÌa de Conjunto de InterÈs Cultural, como Lugar de InterÈs Etnogr·fico, la denominada Arquitectura de Piedra Seca, en el municipio de la Iglesuela del Cid (Teruel).

††† El artÌculo 12 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural AragonÈs establece que los bienes m·s relevantes del Patrimonio de AragÛn ser·n declarados Bienes de InterÈs Cultural y ser·n inscritos en el Registro de Bienes de InterÈs Cultural.

††† Dicho artÌculo, en su apartado 2∫, recoge las diferentes categorÌas de Bienes Inmuebles entre las que se encuentra la de Conjunto de InterÈs Cultural que engloba, entre otras, la figura de Lugar de InterÈs Cultural, la cual se define como ´aquel paraje natural, conjunto de construcciones o instalaciones vinculadas a formas de vida, cultura y actividades tradicionales del pueblo aragonÈs, aunque no posean particulares valores estÈticos ni histÛricos propiosª.

††† Igualmente, la Ley 3/1999 seÒala que la declaraciÛn de Conjunto de InterÈs Cultural afectar· tanto a los propios elementos que constituyen el Conjunto como al entorno de Èstos, delimitado en atenciÛn a la incidencia que cualquier alteraciÛn de dicho entorno pueda tener en los valores propios del Conjunto.

††† Por ResoluciÛn de fecha 8 de noviembre de 2000 de la DirecciÛn General de Patrimonio Cultural, publicada en el ´BoletÌn Oficial de AragÛnª de 20 de diciembre de 2000, se incoa expediente de declaraciÛn de Bien de InterÈs Cultural, en la categorÌa de Conjunto de InterÈs Cultural, como lugar de interÈs etnogr·fico, a favor de la Arquitectura de Piedra Seca, en el municipio de La Iglesuela del Cid (Teruel) El expediente administrativo de la Arquitectura de Piedra Seca, ha sido tramitado cumpliendo el procedimiento establecido en la Ley 3/1999 del Patrimonio Cultural AragonÈs. De acuerdo con lo dispuesto en su artÌculo 18, por ResoluciÛn de 8 de noviembre de 2000 de la DirecciÛn General de Patrimonio Cultural, se inicia procedimiento de declaraciÛn como Bien de InterÈs Cultural a favor de la arquitectura de la Piedra Seca, public·ndose en el ´BoletÌn Oficial de AragÛnª el 20 de diciembre de 2000. Contra dicha ResoluciÛn, se interpuso Recurso de Alzada por parte del Ayuntamiento de La Iglesuela del Cid el cual fue desestimado en virtud de Orden de 9 de marzo de 2001 del Departamento de Cultura y Turismo. Posteriormente, por Anuncio de la DirecciÛn General de Patrimonio Cultural de 15 de enero de 2001, se abriÛ un perÌodo de informaciÛn p˙blica en el que no hubo alegaciones. Por ˙ltimo, en noviembre de ese mismo aÒo, se concediÛ audiencia a los interesados sin que hubiera comparecencias en el expediente. TambiÈn...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR