ORDEN de 26 de marzo de 2013, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se publica el nuevo texto correspondiente al Reglamento de Especificaciones del Plan de Pensiones de la Diputación General de Aragón, Administraciones Locales y otras Entidades e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto ha sido aprobado por Acuerdo de 19 de marzo de 2013, por el que se otorga autorización a la parte promotora.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Acuerdos para la adaptación de las Especificaciones a las modificaciones del Reglamento del Plan de Pensiones y Fondos de Pensiones

La Comisión de Control del "Plan de Pensiones de la D.G.A., Administraciones Locales y otras Entidades e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón", procedió en su reunión del 21 de diciembre de 2012 a la aprobación de un texto refundido del Reglamento de Especificaciones comprendiendo las modificaciones publicadas parcialmente el 09.05.2011 y el 18.04.2012 y algunas otras modificaciones referidas a los indicados artículos 8 y 41.

Igualmente se plantea, la necesidad de adaptar al Reglamento de Especificaciones la segregación de la actividad financiera de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja (Ibercaja), a favor de Ibercaja Banco Sociedad Anónima Unipersonal, aspecto que fue tratado en la reunión de la Comisión de Control del 11.10.2011 y que supone el cambio y numero de registro de la Entidad Depositaria.

Igualmente, sin perjuicio de lo anterior, se han introducido modificaciones en el anexo 1 de las Especificaciones en relación a la identificación del servicio de quejas y reclamaciones. En la Disposición Adicional Séptima para adaptar las referencias legislativas sobre blanqueo de capitales y, finalmente, en la Disposición Adicional Octava: Boletín de Solicitud de Adhesión al Plan, Designación de Beneficiarios en caso de Fallecimiento o Modificación de Datos; adaptándolos a la actualidad e incluyendo los que son específicos de los tres Subplanes o colectivos de la Entidad Promotora D.G.A. descritos en la Disposición Final Tercera.

Acuerdos para la adaptación de las Especificaciones a la Sentencia del Tribunal Constitucional 128/2010 de fecha 29 de noviembre de 2010.

La Comisión de Control del "Plan de Pensiones de la D.G.A., Administraciones Locales y otras Entidades e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón", procedió en su reunión del 11 de octubre de 2011 ("Boletín Oficial de Aragón" de 18.04.2012) a modificar parcialmente el Reglamento de Especificaciones, en sus artículos 8 y 41, a los efectos de ordenar y definir correctamente las Entidades Promotoras susceptibles de integrarse en el plan de pensiones de promoción y representación conjunta y el artículo 41, como consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional 128/2010 de 29 de noviembre y la nueva redacción del artículo 7, apartado 2 del Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

Acuerdos para adaptar los Boletines de Adhesión de la Diputación General de Aragón.

La Comisión de Control del "Plan de Pensiones de la D.G.A., Administraciones Locales y otras Entidades e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón", procedió en su reunión del 28 de enero de 2011 ("Boletín Oficial de Aragón" de 09.05.2011) a modificar los tres modelos de Boletín de Solicitud de Adhesión al Plan, Designación de Beneficiarios en caso de Fallecimiento o Modificación de Datos; de los tres Subplanes o colectivos de la Entidad Promotora D.G.A. descritos en la Disposición Final Tercera.

Acuerdos para la adaptación de las Especificaciones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones.

Con fecha 15 de abril de 2008, la Comisión de Control del "Plan de Pensiones de la D.G.A., Administraciones Locales y otras Entidades e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón", procedió a adaptar el Reglamento de Especificaciones, anteriormente publicado en el "Boletín Oficial de Aragón" de 23.03.2007, a las modificaciones habidas, durante el ejercicio 2007, del Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprobó el Reglamento de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones. En concreto, los Reales Decretos: 430/2007, de 30 de marzo y 1684/2007, de 14 de diciembre que modificaron parcialmente el citado Reglamento. Igualmente, sin perjuicio de lo anterior, se han introducido modificaciones en el anexo 1 de las Especificaciones y en la Disposición Adicional Octava: Boletín de Solicitud de Adhesión al Plan, Designación de Beneficiarios en caso de Fallecimiento o Modificación de Datos; derivadas de la legislación de blanqueo de capitales y de las recientes modificaciones de la normativa de protección de datos de carácter personal.

Acuerdos para la integración del conjunto de Entidades Promotoras en la representación conjunta.

Con fecha 15 de febrero de 2007, la Comisión de Control del "Plan de Pensiones de la D.G.A., Administraciones Locales y otras Entidades e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón", procedió a adaptar el Reglamento de Especificaciones, anteriormente publicado en el "Boletín Oficial de Aragón" de 02.12.2005, al objeto de tratar las Disposiciones Transitorias que aquel contenía relativas a la composición y distribución de representantes en la Comisión de Control de representación conjunta, para promover la constitución de la nueva Comisión de Control derivada de la transformación del "Plan de Pensiones de la D.G.A."

Igualmente, en esa reunión de procedió a la aprobación de la incorporación de la Universidad de Zaragoza al plan de pensiones como una entidad promotora independiente vinculada en algunos aspectos, especialmente a los efectos de representación, con la entidad promotora: Diputación General de Aragón.

Resultado de ello se produjo la derogación de las Disposiciones Transitorias Primera y Segunda y la modificación del artículo 41 del Reglamento de Especificaciones que junto a la incorporación de otras modificaciones acordadas, parcialmente en algunos artículos, por la Comisión de Control en este periodo y la corrección de algunos errores originan la aprobación de este texto refundido que sustituye en su totalidad al publicado el 02.12.2005.

Transformación a plan de pensiones de promoción y representación conjunta.

Con fecha 14 de noviembre de 2005 la Comisión de Control del "Plan de Pensiones de la D.G.A." ("Boletín Oficial de Aragón" de 18.05.2005), acordó la transformación del Plan de Pensiones en un plan de pensiones del sistema de empleo, de promoción conjunta y de representación conjunta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40. d) del Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones.

Como consecuencia del acuerdo anterior, la Comisión de Control del Plan de Pensiones, acordó el cambio de su denominación por la de: "Plan de Pensiones de la D.G.A., Administraciones Locales y otras Entidades e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón". Igualmente se cambio la denominación del Fondo de Pensiones a la de: "Fondo de Pensiones de Empleados Públicos en la C. A. de Aragón, Fondo de Pensiones".

Como consecuencia de la declaración institucional: "Declaración para el Dialogo Social en la Administración Local de Aragón" suscrito el pasado 22 de julio de 2005 entre la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias y las organizaciones sindicales representativas en su ámbito, U.G.T., CC.OO. y CSI-CSIF, en la que se llama al establecimiento de planes de pensiones del sistema de empleo en el ámbito de las administraciones locales al amparo de lo previsto en las leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2004 y 2005, esta transformación del Plan de Pensiones tiene el objeto de poner a disposición, de todas las Administraciones e Instituciones Públicas en Aragón y de sus empleados, excluida la Administración General del Estado, un instrumento de previsión social complementaria, ya establecido hace unos años en el marco de la Comunidad Autónoma con el "Plan de Pensiones de la D.G.A." y recientemente en la Administración Pública del Estado con el "Plan de Pensiones de la Administración General del Estado" ("Boletín Oficial del Estado" de 14.10.2004).

Ello se realiza bajo una forma, la promoción y representación conjunta, que permite ahorrar esfuerzos y concentrar medios y voluntades de la forma más eficaz y eficiente: generando economías de escala y reduciendo costes de gestión y administración. Permitirá, a su vez, a través de los anexos de Incorporación de cada Entidad Promotora, una ligera flexibilidad en las condiciones particulares que cada una quiera establecer el momento de su integración al Plan, en la medida en que se les permite alterar algunos de los aspectos regulados en estas Especificaciones.

El texto de la presentes Especificaciones es fruto de un proceso iniciado en el año 2004 en el ámbito de las reuniones mantenidas por la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias (FACMP) con representantes de las tres Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma y del Ayuntamiento de Zaragoza, y que tuvo por objeto de elaborar un borrador de plan de pensiones...

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