DECRETO 156/2006, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la empresa pública «PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.».

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 156/2006, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la empresa pública «PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.».

El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 35.1 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, en materia de obras públicas que no tengan la calificación legal de interés general del Estado ni afecten a otra Comunidad Autónoma, así como en la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Gobierno de Aragón, consciente del valor estratégico de la intermodalidad de los diferentes sistemas de transporte, ha promovido a través de la empresa pública «Suelo y Vivienda de Aragón, S. L.», sociedad unipersonal de capital íntegramente de la Diputación General de Aragón, la creación de la Plataforma Logístico-Industrial de Huesca, PLHUS.

Por ello, y ante la necesidad de contar con un instrumento de gestión que garantice un cumplimiento eficaz y eficiente de las funciones encomendadas, al amparo de los artículos 83 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se promueve la creación de una empresa pública bajo la forma de sociedad de responsabilidad limitada y con la denominación de «PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.», en la que la participación de «Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U», será mayoritaria para garantizar el carácter público de la misma. El artículo 84 de la citada norma establece que las empresas de la Comunidad Autónoma se crearán mediante Decreto del Gobierno de Aragón.

Por su parte, los estatutos sociales de la empresa pública «Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U.», permiten la participación, previa autorización del Gobierno de Aragón y en las condiciones que se determinen en cada caso, en otras empresas que tengan por objeto actuaciones propias de su objeto social.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, y el Capítulo IV del Título VI del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 20 de junio de 2006, DISPONGO

Artículo 1 Constitución y objeto.
  1. -Se crea la empresa pública «PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.», que revestirá la forma jurídica de Sociedad de Responsabilidad Limitada.

  2. -La sociedad tiene por objeto proyectar, construir, conservar, gestionar, explotar y promocionar, por ella misma o a través de terceras personas, la Plataforma Logístico-Industrial de Huesca «PLHUS» y, en particular, las infraestructuras y equipamientos comprendidos en la misma, así como los servicios que puedan instalarse o desarrollarse en dichas infraestructuras y equipamientos, todo ello actuando por encargo del Gobierno de Aragón, directa o indirectamente, y según los términos y mandatos de actuación de éste, en nombre y por cuenta propia o en nombre propio y por cuenta ajena.

  3. -La empresa pública quedará adscrita al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Aragón.

  4. -Se autoriza a la empresa pública «Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U» a participar como titular de la totalidad del capital social de la empresa «PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.»

Artículo 2 Régimen jurídico.

La empresa pública «PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.» se regirá por lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, por el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por los presentes Estatutos, por la vigente Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y demás preceptos legales ordenadores del Régimen Jurídico de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, así como por la normativa general de aplicación a las empresas de la Comunidad Autónoma.

Artículo 3 Duración.

La duración de la Sociedad será indefinida y dará comienzo a sus operaciones el día de su constitución.

Artículo 4 Capital Social.
  1. -El capital social en el momento de la constitución se fija en cuatro mil (4.000 euros), totalmente asumido y desembolsado, distribuido en cien participaciones sociales de cuarenta euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la una a la cien.

  2. -La Junta General podrá, tras la adopción de los acuerdos sociales que correspondan, reducir o aumentar el capital de la Sociedad.

  3. -Las aportaciones sociales podrán hacerse en dinero o en cualquier clase de bienes y derechos de carácter patrimonial valorables en dinero.

Artículo 5 Organización y funcionamiento.
  1. -La Sociedad se regirá por los Acuerdos de la Junta General y las decisiones del Consejo de Administración, adoptados dentro de sus respectivas atribuciones conforme a sus Estatutos y la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

  2. -Existirá un Consejo de Administración que estará formado por un mínimo de cinco y un máximo de once personas.

  3. -Se faculta al Consejo de Administración de la empresa pública «Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U.» para designar a los representantes de esta sociedad en los órganos societarios de la empresa «PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.»

  4. -De acuerdo con lo establecido en el artículo 84.3.f) del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Gobierno de Aragón se reserva las siguientes funciones: el conocimiento de la gestión social y de las distintas cuentas y el programa de actuación, inversiones y financiación. Asimismo, será precisa la previa autorización del Gobierno de Aragón en cada caso a la representación de la empresa pública «Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U.», para votar lo que proceda en los supuestos de aumento y reducción del capital social, así como la transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación de la sociedad.

Artículo 6 Adscripción de bienes.

Se podrá solicitar la adscripción de bienes de la Comunidad Autónoma de Aragón que sean precisos para el cumplimiento de los fines de la Sociedad en los términos permitidos por el Texto Refundido de Ley de Patrimonio y el Texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 7 Escritura pública.

Se faculta al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo y al Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes para otorgar la correspondiente escritura pública de constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada y llevar a cabo cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución de este Decreto. DISPOSICIONES FINALES

Primera.

Se aprueban los Estatutos de la empresa pública «PLHUS Plataforma Logística, S.L.U.», que se incorporan como anexo a este Decreto.

Segunda.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

El Presidente del Gobierno de Aragón...

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