DECRETO 147/2010, de 20 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Departamento de Servicios Sociales y Familia a efectuar una encomienda de gestión al Servicio Aragonés de Salud para la realización de determinadas actuaciones en materia de cooperación para el desarrollo en el sector de la salud.
Sección | III. Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALESY FAMILIA |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley 10/2000, de 27 de diciembre, relativa a la Cooperación para el Desarrollo establece como uno de los fines de esta cooperación el contribuir al progreso humano, económico y social de los pueblos más desfavorecidos. Esta política se desarrolla directamente por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón e, indirectamente, a través de organizaciones no gubernamentales de desarrollo con implantación en el territorio de Aragón y entidades que actúen en el ámbito de dicha cooperación, siempre que estas actuaciones tengan carácter no lucrativo.
La política de cooperación para el desarrollo se lleva a cabo a través de los siguientes instrumentos:
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Ayudas que contribuyan a satisfacer las necesidades básicas.
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Ayudas dirigidas a programas que incidan en el desarrollo económico y social de los pueblos.
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Ayudas de emergencia y humanitaria.
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Programas de educación y sensibilización.
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Ayudas a las iniciativas y redes de comercio justo.
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Ayudas a la formación de cooperantes y voluntarios aragoneses que colaboren en programas de desarrollo.
El Reglamento del régimen jurídico de las ayudas y de las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo aprobado por Decreto 164/2004, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón, establece en su Capítulo II las ayudas a proyectos que contribuyan a satisfacer necesidades básicas entendiéndose como tales las relacionadas prioritariamente con la defensa de la vida, alimentación, vivienda, salud, educación, servicios sociales o pequeñas infraestructuras. Asimismo, el artículo 10 del mencionado Reglamento establece la realización de programas de formación y asistencia técnica como modalidad dentro de las ayudas a programas que incidan en el desarrollo económico y social de los pueblos. De acuerdo con ese artículo, estos programas están destinados ya a mejorar los conocimientos o la preparación de personas o colectivos de los países más desfavorecidos, ya a la adecuada ejecución de las intervenciones.
El Plan Director de la Cooperación aragonesa para el Desarrollo (2008-2011) reconoce como prioridad sectorial preferente los servicios sociales básicos, tal como ya lo hacía el Plan Director correspondiente al período 2004-2007. En este ámbito contempla varios ejes prioritarios de actuación y, entre ellos, la salud y la formación en los ámbitos sanitario y educativo. El Plan Anual 2010 establece como estrategias de...
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