DECRETO 42/1999, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la disposición adicional primera del Decreto 4/1999, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FOMENTO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 42/1999, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la disposición adicional primera del Decreto 4/1999, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón.

Por Decreto 4/1999, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, se reguló el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón. La Disposición Adicional Primera del citado Decreto contemplaba la posibilidad de que la Diputación General de Aragón pudiera proceder a la contratación de expertos para la ejecución de acciones formativas desarrolladas a través de sus propios medios cuando careciera de personal para impartir las especialidades formativas programadas, contratación que debería ser efectuada a través del Contrato para obra o servicio determinado contemplado en la normativa laboral. Razones de eficacia y operatividad en la ejecución de estas actividades formativas hacen necesaria que la contratación de los citados servicios pueda efectuarse, además, a través de la figura jurídica del contrato administrativo para la realización de trabajos específicos y concretos no habituales contemplado en la Legislación de Contratos de las Administraciones Pú- blicas. En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 27 de abril de 1999, DISPONGO:

Artículo 1.--Se modifica la Disposición Adicional Primera del Decreto 4/1999, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón, cuya redacción queda como sigue:

"Disposiciones adicionales": Primera.--"Para aquellas acciones formativas que la Comunidad Autónoma de Aragón desarrolle a través de sus propios medios, la Diputación General de Aragón, si no dispone de personal para impartir las especialidades programadas, podrá ejecutarlas mediante expertos seleccionados a tal efecto"...

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