Decreto 121/1992, de 7 de julio, de la Diputación General de Aragón, por la que se regula la uniformidad de las Policías Locales de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

Decreto 121/1992, de 7 de julio, de la Diputación General de Aragón, por la que se regula la uniformidad de las Policías Locales de Aragón.

El Artículo 39.b) de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, atribuye a las Comunidades Autónomas la función de establecer y propiciar la homogeneización de 105 distintos Cuerpos de Policías Locales en materia de uniformidad, entre otros aspectos.

Los artículos 4.b) y 5.d) de la Ley 7/1987, de 15 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Aragón, disponen que la Coordinación de la actuación de las Policías Locales comprenderá el ejercicio de la función de promover la homogeneización de los distintos Cuerpos de Policías Locales en materia de distintivos externos, así como que las normas marco regularán la uniformidad y sistema de acreditación de los miembros de las Policías Locales.

Por otra parte, el Reglamento marco de organización de las Policías Locales de Aragón, aprobado por Decreto 222/1991, de 17 de diciembre, al que han de ajustarse los reglamentos propios de cada Cuerpo, además de definir el uniforme básico, establece que será el Gobierno de la Comunidad Autónoma quien, reglamentariamente, regulará los detalles que sean procedentes, como la uniformidad y prendas complementarias. Mediante la presente norma, se pretende lograr un adecuado desarrollo de las normas citadas, de manera que queden definidos de una manera clara y precisa los criterios de uniformidad de las Policías Locales. Con ello se conseguirá una mayor facilidad en la identificación de sus miembros, distinguiéndolos de los pertenecientes a otro Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, lográndose una mejora en la prestación de este servicio a los ciudadanos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, de conformidad con el dictamen de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Aragón, y previa deliberación de la Diputación General, en su reunión del día 7 de julio de 1992, DISPONGO:

Artículo primero. Se aprueba el Reglamento por el que se regula la uniformidad de las Policías Locales de Aragón, cuyo texto se inserta a continuación.

Artículo segundo. La Diputación General de Aragón podrá conceder subvenciones y ayudas a las Entidades Locales para atender a los gastos que ocasione la aplicación del presente Decreto, con cargo al Programa de Cooperación Local del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales.

DISPOSICION TRANSITORIA En el plazo máximo de dos años a partir de la fecha de publicación de este Decreto, todos los Cuerpos de Policía Local de Aragón habrán de adaptar...

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