DECRETO 72/1985, de 7 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Educación.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y EDUCACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 72/1985, de 7 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Educación.

El Decreto 55/1983, de 1 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Diputación General de Aragón, y el Decreto 91/1983, de 25 de octubre, por el que se desarrolla la misma, establecían, junto a los restantes Departamentos, la correspondiente a Cultura y Educación.

Desde la fecha en que fue aprobada dicha estructura se han producido variaciones derivadas de las competencias asumidas en virtud del Real Decreto 3065/1983, de 5 de octubre, que, junto a las anteriores, fueron asignadas al Departamento de Cultura y Educación en virtud del Decreto 113/1983, de 29 de diciembre, y distribuidas posteriormente entre los diversos órganos y unidades del citado Departamento por Decreto 12/1984, de 9 de febrero.

Los principios de economía y eficacia que consagra, entre otros, el artículo 44 del Estatuto de Autonomía de Aragón justifican la conveniencia de acomodar los efectivos de personal y medios disponibles a las necesidades reales que demandan los servicios e instituciones de la propia Comunidad, con el fin de lograr en todo momento los resultados más óptimos en la gestión de las funciones atribuidas a cada Departamento.

Por otra parte, la estructura del Departamento, aun aplicando los criterios de economía y eficacia ya citados, no sólo ha de tener una aplicabilidad inmediata, sino contener una misión de futuro que implique la previsión de algún puesto de trabajo a cubrir en el momento en el que la necesidad sea ineludible, al tiempo que la estructura reúna unos criterios de flexibilidad que permita una adaptación a posibles nuevas funciones, consiguiendo la perdurabilidad en el tiempo y evitando las modificaciones en la misma que denotarían una falta de previsión y desconocimiento de la realidad cambiante.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura y Educación, y previa deliberación de la Diputación General en su reunión del día 7 de junio de 1985.

DISPONGO:

Artículo primero.-El Departamento de Cultura y Educación se estructura de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Decreto.

Artículo segundo.-Del Consejero de Cultura y Educación, como superior autoridad del Departamento, dependen directamente los siguientes Organos:

-Dirección General del Patrimonio Cultural. -Dirección General de Acción Cultural...

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