DECRETO 126/1994, de 7 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se establece un régimen de ayudas en materia de conservació n y mejora del medio natural.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 126/1994, de 7 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se establece un régimen de ayudas en materia de conservación y mejora del medio natural. La importancia de los problemas en materia de conservación del medio na tural, y en especial, en lo que se refiere a la conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, requiere que la actuación d e los poderes públicos se vea reforzada mediante medidas de fomento que apoye n y estimulen la actividad desarrollada en dicho campo por asociaciones ciu dadanas y entidades, tanto públicas como privadas. Por ello, el presente Decreto viene a establecer una serie de ayudas pú blicas a conceder por el Departamento de Medio Ambiente con el fin de facilita r el desarrollo de actividades dirigidas a la protección y mejora del medio natural en la Comunidad Autónoma de Aragón, pudiendo ser destinatarios de las m ismas las Corporaciones Locales, los entes privados y las instituciones sin f ines de lucro. La aprobación de esta disposición es acorde con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de medio ambiente, recogidas en los artíc ulos 36.1.6 y 37.1.3 del Estatuto de Autonomía, y con lo previsto en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, y en el Decreto 217/1993, de 7 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se asignan competencias al Departamento de Medio Ambiente. En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y previa deliberación de la Diputación General, en su reunión del día de junio d e 1994, DISPONGO: Artículo 1º.-- Objeto. El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión de ayudas par a fomentar aquellas actividades que contribuyan a la conservación y mejor a del medio natural en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón. Artículo 2º.--Actividades subvencionables. Serán susceptibles de obtener las ayudas previstas en la presente dispo sición las siguientes actividades: a) Ejecución de proyectos de conservación d e hábitats y especies catalogadas, incluyendo actividades de restauración . b) Ejecución de proyectos y trabajos, en fincas de propiedad particular situadas en zonas de influencia socioeconómica de espacios naturales protegidos, zonas sometidas a procedimiento de aprobación de planes de ordenación de recursos naturales o refugios nacionales de caza, cuyos objetivos sean acordes con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR