DECRETO 77/1986, de 10 de julio, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea la Comisión para la Reforma Psiquiátrica en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 77/1986, de 10 de julio, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea la Comisión para la Reforma Psiquiátrica en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Aprobadas por la Diputación General de Aragón, en su reunión de 26 de junio las Bases para la Reforma psiquiátrica en Aragón y establecido en la Base Sexta la necesidad de una coordinación entre las Instituciones con competencias en Salud Mental, se hacepreciso crear los órganos que puedan poner en funcionamiento la reforma psiquiátrica, en su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, y previa deliberación de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 10 de julio de 1986, DISPONGO Artículo primero. Se crea la Comisión para la Reforma Psiquiátrica en la Comunidad Autónoma de Aragón, como órgano consultivo del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo en materia de Salud Mental y Asistencia Psiquiátrica.

Artículo segundo. Las funciones de la Comisión serán:

a) Asesorar sobre el modelo de asistencia psiquiátrica y atención en salud mental a aplicar en el marco de la Comunidad Autónoma.

b) Proponer planes y fijar los criterios básicos para el establecimiento de una red única de atención psiquiátrica, integrada en la red sanitaria y general.

c) Realizar el seguimiento y evaluación de cuantas iniciativas y programas se lleven a cabo en el campo de la salud mental y la asistencia psiquiátrica.

d) Proponer y fomentar la realización de estudios epidemiológicos en relación con la salud mental en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como diseñar un sistema de información unificado que permita un racional análisis de la situación existente.

e) Informar y realizar propuestas sobre las necesidades de recursos humanos y adecuación de los programas de formación en las diferentes especializaciones de los profesionales sanitarios en materia de salud mental y asistencia psiquiátrica.

f) Colaborar en la elaboración de programas de formación continuada para los profesionales de los diferentes dispositivos asistenciales en relación con la salud mental.

g) Recoger y analizar las aportaciones y sugerencias efectuadas individual o colectivamente en materia de salud mental y asistencia psiquiátrica, así como proponer las modificaciones y orientaciones...

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