DECRETO 73/1982, de 26 de octubre por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación de la Diputación General de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 73/82, de 26 de octubre por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación de la Diputación General de Aragón.

El Decreto /82, de 18 de Octubre, que, como consecuencia de la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía, aprobó la Diputación General de Aragón, como norma reglamentaria de su ordenación jurídico-administrativa y financiera, en el artículo 6.º-2, crea entre otras Consejerías la de Gobernación, a la que junto a competencias específicas como son las de Administración Local, o la política juvenil y deportiva, corresponden otras cuyo ejercicio centralizado afecta a la totalidad de los órganos de la Diputación General como son las propias de la Asesoría Jurídica, la Secretaría General Técnica y la Dirección General de Servicios.

Mediante la presente norma se viene a establecer la estructura de esta Consejería para el eficaz funcionamiento de las competencias que tiene asignadas en su doble condición de órgano de coordinación general de la Administración Autonómica y encargado de la Administración Territorial y de las relaciones con las Corporaciones Locales.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación, emitido dictamen por la Asesoría Jurídica y previa deliberación de la Diputación General de Aragón en su reunión de 26 de octubre de 1982.

DISPONGO Artículo 1.- La Consejería de Gobernación se estructura de acuerdo con las prescripciones establecidas en la presente disposición.

Artículo 2.- El Consejero de Gobernación es la autoridad superior de la Consejería y de él dependen todos los servicios, entidades y organismos adscritos al mismo, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.

Artículo 3.- Del Consejero de Gobernación depende orgánicamente la Asesoría Jurídica, cuyo Jefe tendrá categoría administrativa de Director General. La Asesoría Jurídica se configura como el centro superior directivo de todos los asuntos de carácter contencioso y consultivo, sin perjuicio de las competencias del Consejo de Estado.

Artículo 4.- Estarán adscritos orgánicamente a la Consejería de Gobernación, el Centro de Proceso de Datos y el Gabinete de Información de la Diputación General de Aragón.

Artículo 5.- 1. Dependen directamente del Consejero de Gobernación: - La Secretaría General Técnica. - La Dirección General de Administración Local. - La Dirección General de Servicios. - La Dirección General de Deportes y Juventud.

2.-La Secretaría General...

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