ORDEN de 13 de diciembre de 2013, de los Consejeros de Presidencia y Justicia y de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba y hace publica la convocatoria pública dirigida a la celebración de convenios de colaboración con clubes deportivos aragoneses de élite para la promoción del deporte y la difusión de la imagen de Aragón para el año 2014.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Gobierno de Aragón, a través de los Departamentos de Presidencia y Justicia y de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, tiene previsto la celebración de convenios de colaboración con clubes deportivos de la Comunidad Autónoma dirigidos a establecer la colaboración entre el Gobierno de Aragón y cada club para la promoción del deporte y la difusión de la imagen de Aragón. El objetivo de estos convenios tiene una doble finalidad. Por un lado, la promoción del deporte en general, y de las modalidades deportivas en particular, a través de la imagen y repercusión mediática de los equipos de máximo nivel y de la participación de sus técnicos y deportistas más conocidos en campañas de promoción, divulgación, formación e información. Por otro lado, la difusión de la imagen de la Comunidad Autónoma de Aragón a través de los clubes deportivos que por las categorías en las que militan tienen repercusión mediática.

A tal efecto, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 28, de 8 de febrero de 2013, se publicó el "Decreto 12/2013, de 5 de febrero, por el que se regulan las condiciones que regirán las convocatorias públicas dirigidas a la celebración de convenios de colaboración con los clubes deportivos aragoneses de élite para la promoción del deporte y la difusión de la imagen de Aragón". Dicha norma establece los requisitos que han de reunir los clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas solicitantes, las obligaciones mínimas que han de asumir las partes firmantes de los convenios, el procedimiento de selección, la previsión de criterios objetivos que permitan la cuantificación de la aportación económica del Gobierno de Aragón a cada uno de los convenios de colaboración así como los aspectos relativos a la publicidad de los convenios, incompatibilidades, abono, justificación, control y reintegro.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 12/2013, de 5 de febrero, por orden conjunta de los Departamentos competentes en materia de deportes y de comunicación institucional se procederá a la convocatoria pública para la selección de los clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas con los que el Gobierno de Aragón suscribirá convenios de colaboración que tengan por objeto la promoción del deporte y la difusión de la imagen de Aragón.

En su virtud, resuelvo

Primero.- Objeto.

  1. El objeto de la presente orden es realizar la convocatoria pública dirigida a la celebración de convenios de colaboración con los clubes deportivos aragoneses o sociedades anónimas deportivas con domicilio social en Aragón, para la promoción del deporte y la difusión de la imagen de Aragón en 2014.

  2. El procedimiento de selección y los convenios de colaboración que se firmen se ajustarán a lo dispuesto en el "Decreto 12/2013, de 5 de febrero, por el que se regulan las condiciones que regirán las convocatorias públicas dirigidas a la celebración de convenios de colaboración con los clubes deportivos aragoneses de élite para la promoción del deporte y la difusión de la imagen de Aragón" ("Boletín Oficial de Aragón", número 28, de 8 de febrero de 2013) y en la presente orden.

    Segundo.- Aportación del Gobierno de Aragón.

  3. El Gobierno de Aragón, como entidad firmante de los convenios de colaboración, se compromete a aportar la cantidad máxima de tres millones de euros (3.000.000 €).

    La aportación del Departamento de Presidencia y Justicia asciende a dos millones trescientos mil euros (2.300.000 €), que se instrumentará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 10010/G/1211/470066/91002 (1.000.000 €) y 10010/G/1211/480346/91002 (1.300.000 €) del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014.

    La aportación del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte asciende a setecientos mil euros (700.000 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18080/G/4571/470066/91002 (280.000 €) y 18080/G/4571/480346/91002 (420.000 €) del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014.

  4. Esta convocatoria se ha aprobado por el procedimiento de tramitación anticipada, conforme al artículo 42.5 del texto refundido de la Ley de Hacienda (Decreto-Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón). Los gastos originados se financiarán en su totalidad con cargo a las aplicaciones presupuestarias antes citadas del Presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014, quedando condicionada en todo caso la resolución de esta convocatoria a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el citado Presupuesto.

  5. La determinación de la cuantía individualizada que aporte el Gobierno de Aragón en cada uno de los convenios de colaboración se llevará a cabo de conformidad con los criterios a los que se refiere en el artículo 9 del Decreto 12/2013, de 5 de febrero, y lo previsto en la presente orden. La cuantía podrá desglosarse por temporada deportiva si así lo solicita el club interesado.

    Dicha cuantía en ningún caso podrá superar el 40% del presupuesto ordinario del club o sociedad anónima deportiva ni la cantidad de 640.000 €.

    En el caso de que se perciban aportaciones de otras Administraciones o entes públicos o de obras sociales o equivalentes de entidades financieras, la suma de las mismas no podrá superar el 60% del presupuesto ordinario del club. En caso de superarlo, la aportación de la Administración de la Comunidad Autónoma se reducirá hasta ese porcentaje.

  6. No podrán acceder a la presente convocatoria pública aquellos clubes o sociedades anónimas deportivas que tengan concedido un aval por el Gobierno de Aragón.

  7. La cuantía de la aportación económica del Gobierno de Aragón a cada uno de los convenios de colaboración se revisará obligatoriamente a la baja cuando concurra alguno de los supuestos previstos en el artículo 4.4 del Decreto 12/2013, de 5 de febrero.

    Tercero.- Obligaciones de los clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas.

  8. En el ámbito de la...

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