DECRETO 105/2011, de 10 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se delimita el Conjunto Histórico de Albalate del Arzobispo (Teruel) y su entorno de protección.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés («Boletín Oficial de Aragón» de 29 de marzo de 1999) establece, en el apartado primero de su disposición transitoria primera, que los bienes de interés cultural ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón que hubieran sido declarados como tales, con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, pasarán a tener la consideración de bienes de interés cultural o de conjuntos de interés cultural.

La villa de Albalate del Arzobispo, en la provincia de Teruel, fue declarada conjunto histórico-artístico mediante el Real Decreto, de 5 de octubre, del Ministerio de Cultura, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 24 de noviembre de 1983. Por ello, desde la entrada en vigor de la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés, Albalate del Arzobispo está protegido como bien de interés cultural, en la categoría de conjunto de interés cultural y, dentro de ésta, en la figura de conjunto histórico. Figura que es definida en el artículo 12.2 de la citada norma como la agrupación continua o dispersa de bienes inmuebles que es representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o de su historia, y que se constituye en una ciudad coherente y delimitable con entidad propia, aunque cada elemento por separado no posea valores relevantes.

Recientemente, se ha llevado a cabo la actualización de la planimetría de Albalate del Arzobispo, así como un estudio de los valores urbanos, arquitectónicos, históricos y paisajísticos de la villa que ha permitido conocer mejor la evolución de su realidad física, tal y como se describe en el Anexo I de este decreto. Este nuevo estudio ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar la delimitación original del conjunto histórico, así como de establecer un entorno de protección del mismo en atención a la incidencia que cualquier alteración de dicho entorno pueda tener en los valores propios del conjunto histórico o de su contemplación.

Con este fin, se inició expediente y se abrió un período de información pública mediante la Resolución, de 15 de noviembre de 2010, del Director General de Patrimonio Cultural para delimitar el Conjunto Histórico de Albalate del Arzobispo (Teruel) y su entorno de protección. Resolución que fue publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» el 9 de diciembre de 2010. Este expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; y el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La resolución de inicio incluía en sus anexos, además de la descripción y el plano de delimitación propuesta para el Conjunto Histórico de Albalate del Arzobispo y su entorno de protección, las medidas de tutela previstas para ambos. Durante el período de información pública el Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo presentó alegaciones que fueron contestadas en tiempo y forma.

Sobre la delimitación del Conjunto Histórico de Albalate del Arzobispo y de su entorno de protección y sobre las medidas de tutela que se establecen en este decreto, han emitido informe la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de Teruel, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Teruel y el Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo (Teruel).

Instruido el procedimiento, se abrió trámite de audiencia, mediante la Resolución de 2 de febrero de 2011, del Director General de Patrimonio Cultural, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» el 25 de febrero de 2011. Durante este trámite de audiencia no se presentaron alegaciones.

Por todo ello, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación, el Gobierno de Aragón, en su reunión del día 10 de mayo de 2011,

DISPONGO:

Primero.-Objeto

Es objeto del presente decreto modificar la delimitación del Conjunto Histórico de Albalate del Arzobispo (Teruel) y delimitar su entorno de protección.

La descripción y delimitación concreta del conjunto histórico y de su entorno de protección se recogen en los Anexos I y III de este decreto.

Segundo.-Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable al Conjunto Histórico de Albalate del Arzobispo (Teruel) y a su entorno de protección es el previsto en la Sección Segunda, del Capítulo I, del Título Segundo, de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, los Títulos Sexto y Séptimo de la misma norma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los bienes de interés...

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