DECRETO 77/2014, de 13 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Unidad de Control de la Gestión Pública.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria consagrado constitucionalmente y desarrollado por la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera aconseja la implantación de un nuevo sistema de control de la gestión que posibilite la conexión inmediata de la información económico-financiera general con la actividad concreta de gasto en cada momento y su reflejo presupuestario.

En este sentido, al amparo de lo dispuesto en el artículo 11.1 de la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014 por el cual el Consejero de Hacienda y Administración Pública podrá acordar "cualquier otra medida que considere apropiada para asegurar el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria", se propone la creación de una Unidad de Control de la Gestión Pública, como órgano colegiado, que tenga entre sus funciones la de informar con carácter previo las propuestas de gasto público formuladas por los Departamentos, Organismos Públicos y empresas públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por su parte el texto refundido de la Ley de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón prevé en sus artículos 25 y siguientes las normas por las que se rigen los órganos colegiados.

Dado que es al Departamento de Hacienda y Administración Pública al que le corresponde, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 320/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del mismo "la dirección, desarrollo y ordenación de la política presupuestario-financiera de la Comunidad Autónoma, el seguimiento de la política presupuestario-financiera del Estado, así como la información y asesoramiento a la Comunidad Autónoma de Aragón sobre las acciones del Estado con trascendencia presupuestario-financiera para la Comunidad Autónoma de Aragón y el ejercicio de las competencias administrativas relativas al contenido y aprobación de los créditos presupuestarios y sus modificaciones, la ejecución y la liquidación del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con la normativa vigente", es oportuno adscribir la citada Unidad de Control de la Gestión Pública al Departamento de Hacienda y Administración Pública.

En virtud de todo lo...

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