DECRETO 189/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se dispone el cese y nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Zaragoza para su adecuación a la composición establecida por la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón.

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y UNIVERSIDAD
Rango de LeyDecreto

DECRETO 189/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se dispone el cese y nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Zaragoza para su adecuación a la composición establecida por la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón.

La Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón deroga la Ley 10/1996, de 23 de diciembre, del Consejo Social de la Universidad de Zaragoza, incluyéndose en la derogación la Ley 3/2000, de 10 de octubre, de modificación de la Ley 10/1996, de 23 de diciembre.

En el Título V de la Ley 5/2005, de 14 de junio, se define al Consejo Social como el órgano de participación de la sociedad aragonesa en la Universidad de Zaragoza. De acuerdo con el carácter participativo del Consejo, en la citada Ley se regulan, entre otros aspectos, tanto su composición como la designación, nombramiento y cese de los miembros que lo componen. Concretamente, en los artículos 64 y concordantes de la Ley 5/2005, de 14 de junio, se dispone que este órgano estará integrado por quince miembros en representación de la sociedad aragonesa y de seis miembros en representación de la Universidad de Zaragoza que serán nombrados y cesados, en su caso, mediante Decreto del Gobierno de Aragón, conforme a la composición que en dichos preceptos se detalla. De este modo, se modifica la composición del Consejo hasta ahora contemplada, puesto que los miembros en representación de la Universidad de Zaragoza quedan minorados en seis, y los miembros en representación de la sociedad aragonesa se minoran en tres, perdiendo un miembro, respectivamente, el Gobierno de Aragón, las asociaciones empresariales y los sindicatos más representativos.

La disposición adicional séptima de la Ley 5/2005, de 14 de junio, señala que, en el plazo de tres meses a partir de su entrada en vigor, tendrán lugar las adaptaciones precisas en cuanto a la composición del Consejo Social, estableciendo que se dispondrá el cese de aquellos miembros del Consejo Social que no vayan a continuar en el cargo en función de las variaciones en la representación derivadas de la citada Ley.

Al amparo de todo lo anterior, y a requerimiento del Departamento competente en materia de educación universitaria, las entidades afectadas han comunicado el nombre de las personas que van a representarles con objeto de adecuar su número a la composición establecida en la Ley 5/2005, de 14 de junio.

Asimismo, los...

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